El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es un esquema de tributación que implementó el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para mejorar la eficiencia recaudatoria e integrar a más contribuyentes a la economía formal, ofreciendo beneficios y facilidades administrativas.
En este artículo abordaremos los aspectos básicos que necesitas conocer para formar parte del régimen RESICO para personas físicas.
¿Qué es RESICO y cómo funciona?
El RESICO es una modalidad tributaria que entró en vigor en 2022 para sustituir al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF). Su principal característica es la simplificación administrativa y la reducción de carga tributaria para los contribuyentes persona física y persona moral.
¿Qué es el RESICO para personas físicas?
El RESICO para personas físicas está dirigido a contribuyentes bajo el esquema de “personas físicas”, valga la redundancia, que obtengan ingresos anuales de hasta 3.5 millones de pesos.
Al formar parte del régimen de confianza, se puede disfrutar de tasas reducidas a pagar del Impuesto sobre la Renta (ISR), así como la disminución de carga administrativa al relevar la obligatoriedad de procesos como el envío de la contabilidad electrónica o la presentación de la declaración anual.
El principal objetivo del RESICO para personas físicas es equilibrar el peso tributario con los ingresos y gastos relacionados que un contribuyente enfrenta al iniciar un negocio, fomentando la formalidad laboral.
Beneficios de RESICO para personas físicas
Cálculo automático de impuestos
Las declaraciones son prellenadas por el sistema del SAT con la información que tiene registrada y el cálculo se realiza automáticamente. El sistema determina un estimado de la base gravable conforme a los ingresos facturados y efectivamente cobrados.
Menor carga tributaria
Dentro del Régimen Simplificado de Confianza las tasas del ISR van del 1% al 2.5%, dependiendo del total de ingresos. Sin embargo, es importante saber que, al tratarse de un esquema con tasas de impuestos reducidas, no se pueden hacer deducciones por gastos relacionados a la actividad económica.
Simplificación de obligaciones fiscales
Bajo el RESICO para personas físicas, los contribuyentes no están sujetos a presentar:
- La contabilidad electrónica mensual.
- La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).
- La Declaración Anual (bajo ciertos supuestos).
En este régimen fiscal las declaraciones mensuales de ISR e IVA son definitivas.
Te recomendamos: Cómo presentar tus declaraciones mensuales ante el SAT
¿Cómo saber en qué régimen estoy ante el SAT?
Si no estás seguro del régimen fiscal al que perteneces, puedes descargar tu Constancia de Situación Fiscal desde el portal del SAT. En ella podrás revisar la sección de “Régimen” e identificar en cuál estás registrado, así como las obligaciones fiscales a las que estás sujeto.
¿Cuáles son los requisitos para tributar en RESICO?
1. Régimen previo: las personas físicas pueden inscribirse a RESICO cuando pertenecen a cualquiera de los siguientes regímenes:
- Actividades empresariales y profesionales.
- Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
- Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras (AGAPES).
2. Límite de ingresos: percibir hasta 3.5 millones de pesos.
Para asegurar tu permanencia en el régimen de confianza necesitarás:
- Contar con tu RFC activo y e.firma vigente.
- Emitir CFDI por tus ingresos.
- Mantenerte al corriente de tus obligaciones fiscales y el pago de impuestos.
¿Quiénes no pueden tributar como RESICO?
Los contribuyentes que quedan excluidos de inscribirse al RESICO para personas físicas son los socios, accionistas o integrantes de personas morales, o cuando sean partes relacionadas. Exceptuando cuando sean socios, accionistas o integrantes de:
- Personas morales que tributen en régimen de Personas Morales con Fines no Lucrativos de la Ley del ISR.
- Personas morales constituidas como instituciones o sociedades civiles, con el objeto de administrar fondos o cajas de ahorro. Así como sociedades cooperativas de ahorro y préstamos, constituidas para regular las actividades de estas; aun cuando reciban intereses de dichas personas morales.
- Sean socios de sociedades cooperativas de producción integradas únicamente por personas físicas dedicadas exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras y silvícolas. Siempre que dichos socios cumplan, por cuenta propia, con sus obligaciones fiscales.
De igual manera, no podrán inscribirse al RESICO:
- Los residentes en el extranjero con uno o varios establecimientos permanentes en el país.
- Quienes cuenten con ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. O sea, los que no están gravados en el extranjero o con un ISR inferior al 75% del que pagaría en México.
- Los contribuyentes que apliquen a otros beneficios o estímulos fiscales.
- Quienes perciban ingresos por honorarios por ser consejeros, administradores, comisarios, gerentes generales o asimilados a salarios.
Obligaciones fiscales que debes cumplir al ingresar a RESICO
Al ingresar al Régimen Simplificado de Confianza debes mantener al día las obligaciones relacionadas con tus ingresos, facturación y pagos mensuales. Para conocer qué situaciones pueden hacerte perder el régimen, consulta las causas por las que puedes ser expulsado de RESICO.
Emitir CFDI por todos los ingresos
Debes emitir un CFDI por cada operación o pago que recibas por tus actividades o servicios profesionales que prestes. Los comprobantes deben contener la información correcta y reflejar los ingresos efectivamente cobrados.
Te recomendamos: Cómo facturar como persona física
Presentar las declaraciones mensuales de ISR e IVA
Las personas físicas en RESICO deben presentar sus declaraciones de ISR e IVA y realizar sus pagos mensuales definitivos dentro del plazo que corresponda.
Mantener actualizados el RFC y las actividades económicas
La información ante el SAT debe corresponder con las actividades que realmente realizas. Si modificas tu actividad, domicilio fiscal u otros datos registrados, debes actualizar tu registro mediante los trámites disponibles.
Esto permite que las obligaciones fiscales sean determinadas de acuerdo con tu situación fiscal y evita que existan inconsistencias entre tus actividades, CFDI y declaraciones.
Mantener vigente la e.firma y habilitado el Buzón Tributario
La e.firma permite realizar trámites, presentar declaraciones y facturar, por lo tanto, es obligatorio mantenerla vigente para asegurar la continuidad de las operaciones dentro de los lineamientos del SAT.
También debes mantener habilitado el Buzón Tributario y tener actualizados tus medios de comunicación para asegurarte de recibir cualquier comunicación o notificación que la autoridad pudiera enviar.
Solicitar y conservar los CFDI de gastos
El SAT establece como obligación el conservar los CFDI de gastos. Aunque el régimen no permite deducir ISR, debes solicitar los comprobantes relacionados con tus operaciones y del pago, y, en caso de realizar actividades gravadas de IVA, pueden utilizarse para acreditarlo.
Controlar los ingresos acumulados para no exceder el límite
Aunque no es una obligación como tal, es preferible revisar de forma periódica cuánto has cobrado durante el año para comprobar si no has superado el límite establecido. Un control de ingresos permite identificar con anticipación si tu facturación se aproxima al límite y considerar un cambio de régimen cuando sea necesario.
¿Qué ocurre si incumples las obligaciones de RESICO?
El incumplimiento de las obligaciones puede generar consecuencias fiscales, como multas por falta de pago de un impuesto, y provocar que dejes de tributar en el régimen simplificado.
¿Cuál es el proceso legal para ser RESICO?
Para ser parte del régimen de confianza como persona física deberás:
1. Ingresar al portal del SAT y dirigirte a “RFC, personas”.
2. Selecciona la opción de “Actualiza tu actividad económica y obligaciones”, da clic en “Aviso de actualización de obligaciones” y accede con tu e.firma o contraseña.
3. En caso de que no aplique para ti, omite la sección del representante legal y dirígete a “Fecha de movimiento”. Establece la fecha en que estás haciendo el trámite y da clic en “Continuar”.
4. Se desplegarán las opciones de regímenes fiscales. Busca la opción del Régimen Simplificado de Confianza y oprime “Continuar”.
5. Selecciona la actividad económica que realizas, de acuerdo con las categorías y opciones del sistema.
6. Responde las preguntas y llena los campos de información. Al terminar, el sistema te mostrará un resumen de las obligaciones y plazos a los que estarás sujeto dentro de RESICO para personas físicas.
7. Guarda los datos del cuestionario para que el sistema se actualice. A continuación, te mostrará la modificación de tu información fiscal.
8. Deslízate hasta el fondo de la página y da clic en “Confirmar” para finalizar el trámite.
9. Al terminar el proceso, te recomendamos descargar tu Constancia de Situación Fiscal para verificar la correcta inscripción al régimen.
¿Qué pasa si estoy en RESICO, pero mis ingresos son mayores?
Si en algún momento del año la suma de tus ingresos como RESICO persona física superan los 3.5 millones, el SAT te regresará de forma automática al régimen en el que estabas anteriormente.
Si prevés que tus ingresos anuales están por superar el límite establecido, puedes realizar el cambio de régimen de forma voluntaria, actualizando las actividades económicas y obligaciones, seleccionando un esquema de tributación diferente desde el portal del SAT.
¿Cuánto paga de impuestos un RESICO?
Los contribuyentes bajo RESICO personas físicas están sujetos al pago de una tasa que va del 1% al 2.5% de ISR dependiendo de sus ingresos.
Herramientas para controlar tus CFDI y obligaciones en RESICO
La cantidad de CFDI a revisar para asegurar el cumplimiento de las obligaciones aumenta conforme crece tu actividad. Contar con una herramienta que concentre esta información permite realizar una revisión más sencilla y mantener un mejor control de tus operaciones.
Un software fiscal para controlar tus CFDI y obligaciones fiscales te permite consultar y organizar información que necesitas para tu cumplimiento. Por ejemplo, revisar comprobantes, verificar estatus y dar seguimiento a las operaciones.
Esto facilita el control de la información que utilizarás para presentar tus declaraciones e identificar diferencias antes de recibir notificaciones por inconsistencias.
Por otro lado, un sistema contable agiliza la gestión de facturas para un mejor seguimiento y control de facturación, de forma que puedas monitorear tus ingresos totales del año y tomar medidas antes de que otro pago recibido sobrepase el límite del régimen.
Preguntas frecuentes sobre RESICO para personas físicas
¿Puedo ser RESICO si tengo salario e ingresos por actividad empresarial?
Sí, una persona física puede tener ingresos por salarios y, al mismo tiempo, tributar en RESICO por sus actividades empresariales o profesionales, siempre que cumpla los requisitos establecidos para el régimen.
Sin embargo, el artículo 113-E de la LISR establece que se consideran los ingresos en conjunto para el límite establecido para RESICO. Es decir, ambos regímenes pueden coexistir, pero el ingreso anual se calcula sumando tanto lo que se percibe por salario como por lo recibido por la actividad, lo que puede disminuir el margen de ingreso para permanecer en el régimen.
¿Cómo cambiar de RESICO a otro régimen?
Para cambiar tu régimen fiscal puedes seguir la ruta: Portal SAT > RFC, Personas > “Actualiza tu actividad económica y obligaciones”. Necesitarás tu contraseña o e.firma vigente para hacer el trámite.
¿Puedo regresar a RESICO después de salir?
Sí, pero las condiciones para regresar dependerán del motivo de salida:
- Si fue voluntario: puedes volver a tributar bajo RESICO, pero deberás realizar el cambio hasta enero del siguiente ejercicio fiscal.
- Si el SAT te dio de baja por superar el límite de ingresos: puedes regresar al régimen cuando demuestres que, en el ejercicio previo, tus ingresos brutos no superaron el tope establecido y estés al corriente con tus obligaciones fiscales.
- Si el SAT te dio de baja por incumplimiento fiscal: la Ley del ISR establece que la expulsión es definitiva; sin embargo, en la RMF se suelen incluir facilidades que permiten la reincorporación demostrando la regularización de tu situación fiscal.
¿Necesito presentar declaración anual en RESICO?
En RESICO para personas físicas el ISR determinado en las declaraciones mensuales es de carácter definitivo; por lo que, si no se reciben ingresos adicionales fuera del régimen, no están obligadas a presentar la declaración anual.