El Impuesto al Valor Agregado (IVA) en términos sencillos es un tributo que se aplica al consumo. Es decir, es un impuesto indirecto que se cobra sobre el valor añadido en cada etapa de la cadena de producción y distribución de bienes y servicios, desde la materia prima hasta el producto final.
El IVA no es un impuesto que grava la renta o el patrimonio de las personas o empresas, sino que se aplica únicamente sobre la adquisición.
En México, el IVA entró en vigor el 01 de enero de 1980 y se aplica a la mayoría de los bienes y servicios que se venden en el país. La tasa general del IVA en México es del 16%, aunque hay algunas excepciones y reducciones para ciertos productos y servicios básicos.
El IVA es recaudado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y es una importante fuente de ingresos para el gobierno federal.
¿Qué es el IVA trasladado?
El IVA trasladado es el impuesto que se cobra al cliente o comprador de bienes o servicios y que posteriormente se traslada a las autoridades fiscales como parte de la declaración y pago de impuestos correspondientes.
Es decir, el IVA trasladado se añade o incluye en el precio final de un producto o servicio y que el vendedor debe cobrar al comprador y posteriormente reportar y pagar al SAT. Se calcula como el resultado de aplicar la tasa del IVA correspondiente sobre el valor de la venta de los bienes o servicios y debe aparecer en los comprobantes fiscales que emiten los vendedores (como facturas, recibos, etc.).
El objetivo de esta medida es que el IVA sea pagado por el consumidor final en lugar de ser pagado por el vendedor. De esta forma, se evita que el impuesto sea trasladado de manera constante a lo largo de la cadena de producción y distribución, lo que podría aumentar el precio total del bien o servicio de manera significativa.
Es importante destacar que los vendedores están obligados a trasladar el IVA correctamente a los clientes, así como a reportarlo y pagarlo en tiempo y forma al SAT.
¿Cuál es la tasa para el IVA trasladado?
En México, las tasas para el cálculo del IVA trasladado son las siguientes:
Tasa del 16%
Es aplicado en la mayoría de los sectores de comercio y producción. Es gravable en las siguientes actividades:
- Enajenación de bienes
- Prestación de servicios independientes
- Importación de bienes o servicios
- Que se otorguen en uso o goce temporal de bienes
Tasa del 8%
Se aplica en la región fronteriza norte, el cual es un estímulo fiscal para fortalecer la economía en esa zona del país.
Tasa del 0%
Existen ciertos bienes y servicios que están exentos de IVA, por ejemplo:
- Animales y vegetales que no estén industrializados, salvo pequeñas especies de animales utilizadas como mascotas, como perros, gatos, etc.
- Medicinas de patente y productos destinados a la alimentación humana y animal con ciertas excepciones. Por ejemplo:
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- Bebidas distintas a la leche, como jugos y néctares
- Jarabes y concentrados para preparar bebidas
- Saborizantes y aditivos alimenticios
- Caviar, salmón ahumado y angulas
- Chicles o gomas de mascar
- Alimentos procesados para mascotas, etc.
- Hielo y agua no gaseosa ni compuesta
- Ixtle, palma y lechuguilla
- Tractores para accionar implementos agrícolas (con algunas excepciones)
- Fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas
- Invernaderos hidropónicos y equipos integrados a ellos
- Oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes
- Libros, periódicos y revistas, que sean editados por los contribuyentes
- Prestación de servicios independientes, como los siguientes:
-
- De agricultores y ganaderos siempre y cuando sean actividades agropecuarias.
- Molienda y trituración de maíz o trigo
- Pasteurización de leche
- Despepite de algodón en rama
- Sacrificio de aves de corral y ganado
- Suministro de agua para empleo doméstico
¿Cómo se paga el IVA trasladado?
El IVA trasladado se paga al SAT a través de la presentación de las declaraciones fiscales en la que se reportan las ventas y compras del periodo correspondiente. En dichas declaraciones, el vendedor debe reportar la cantidad total de IVA que ha cobrado durante el periodo y posteriormente, restarle la cantidad de IVA que ha pagado por las compras realizadas en el mismo periodo. La diferencia resultante es el IVA trasladado, que deberá ser pagado al SAT.
Se estableció este esquema, para simplificar el proceso de recaudación de impuestos, ya que de otra manera sería muy complicado para las autoridades tributarias recaudar estos impuestos a cada contribuyente de forma individual.
¿Quiénes están obligados a retener el IVA trasladado?
El artículo 1 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), establece que los siguientes contribuyentes deben efectuar de manera obligatoria la retención del IVA para trasladarlo:
Personas Morales:
- Reciban servicios independientes o utilicen de forma temporal bienes prestados u otorgados por personas físicas.
- Adquieran desperdicios para usarlos como insumos de su actividad económica o para su comercialización.
- Obtengan servicios de autotransporte terrestre de bienes o mercancías, prestados por personas físicas o morales.
- Reciban servicios prestados por comisionistas y sean personas físicas.
Personas Físicas o Morales:
- Que adquieran bienes tangibles, o los utilicen temporalmente
- Que enajenen u otorguen residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país.
Instituciones de crédito
- Que adquieran bienes por medio de dación en pago o adjudicación judicial o fiduciaria
¿Quiénes están obligados a pagar el IVA trasladado?
Igualmente, el artículo 1 de la LIVA indica que las siguientes personas físicas y morales deben pagar de forma obligatoria:
- Presten servicios independientes
- Otorguen el uso o goce temporal de bienes
- Enajenen bienes
Recuerda que es importante mantenerse informado y actualizado sobre todas los cambios e implementaciones fiscales que establece el SAT. En Siigo Aspel te ayudamos a llevar tu contabilidad de forma adecuada y a cumplir con tus obligaciones tributarias.