Precios de Transferencia: ¿qué son y cómo los regula el SAT?

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Las transacciones entre partes relacionadas son una práctica común en empresas con estructuras complejas o que operan en múltiples jurisdicciones. Los precios de transferencia son el mecanismo que regula el valor económico de las operaciones entre empresas vinculadas, asegurando que se realicen bajo condiciones similares a las que aplicarían entidades independientes en el mercado.

La forma en que las empresas multinacionales establecen los precios de transferencia impacta en sus resultados financieros y determina la distribución de la base imponible entre los países donde operan.

Puede parecer un tema complicado, pero en este artículo te explicaremos lo básico que necesitas conocer sobre los precios de transferencia, incluyendo las fechas de presentación de sus declaraciones.

¿Qué son los precios de transferencia?

Los precios de transferencia representan el valor monetario asignado a las transacciones entre empresas relacionadas, como filiales de una misma multinacional. En esencia, son los precios acordados para la compra o venta de bienes, la prestación de servicios o la transferencia de activos intangibles entre empresas que forman parte de un mismo grupo empresarial.

Las transacciones pueden abarcar una amplia gama de operaciones, desde la venta de materias primas y productos terminados hasta prestación de servicios de consultoría, licenciamiento de propiedad intelectual, financiamiento, entre otros.

¿Para qué sirven los precios de transferencia?

La finalidad principal de los precios de transferencia es determinar la distribución equitativa de las utilidades generadas por un grupo empresarial entre sus distintas entidades. Si los precios no se fijan adecuadamente, la empresa podría inflar artificialmente sus costos o disminuir sus ingresos, trasladando sus utilidades a otra jurisdicción con menor carga fiscal.

Los precios de transferencia buscan establecer condiciones de mercado justas en las transacciones entre partes relacionadas. Al fijar precios que se ajusten al principio de Plena Competencia, las empresas multinacionales aseguran el cumplimiento de las regulaciones fiscales, evitan conflictos con las autoridades fiscales y optimizan su carga tributaria global.

Además de su objetivo fiscal, los precios de transferencia pueden usarse para evaluar el desempeño de las distintas subsidiarias y para asignar recursos de manera eficiente. Por ejemplo, una empresa puede usarlos para medir la rentabilidad de sus filiales en diferentes países y tomar decisiones sobre inversiones o expansión.

Regulación de los precios de transferencia en México

Las autoridades fiscales tienen una tarea compleja cuando se trata de fiscalización a los precios de transferencia, ya que deben asegurarse que las utilidades se reporten y graven correctamente en el país donde se generan, evitando la erosión de la base imponible.

Para lograrlo, comparan los montos usados por las empresas multinacionales con los precios que habrían acordado partes independientes en condiciones de mercado similares. Si se detectan discrepancias, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la facultad de ajustar las utilidades de las empresas y exigir el pago de impuesto adicional.

La regulación del SAT se fundamenta en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) y se alinea con las directrices establecidas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en relación al principio de Plena Competencia; es decir, que las transacciones entre partes relacionadas se realicen como si fueran empresas independientes, evitando la manipulación de utilidades para reducir la carga fiscal.

Todo esto con el objetivo de que las prácticas de precios de transferencia cumplan con los estándares internacionales.

Métodos para determinar los precios de transferencia

Para determinar adecuadamente los precios de transferencia, hay varios métodos aceptados por las autoridades fiscales, cada uno con su propia lógica y adaptabilidad. Adicionalmente, el SAT exige a los contribuyentes mantener una documentación detallada que justifique la razonabilidad de los precios utilizados, conocido como “Estudio de precios de transferencia”, el cual se debe presentar en marzo.

Métodos para determinar los Precios de Transferencia

  • Método de comparables de mercado abierto:

Compara el precio de bienes, servicios o intangibles transferidos entre partes relacionadas con el precio de transacciones comparables entre partes independientes en condiciones similares. Es el método más directo y preferido, ya que se basa en operaciones reales del mercado.

  • Método de costo adicionado:

Es un método aplicable cuando no existe comparabilidad en el mercado abierto. Se calcula el costo de producción de los bienes o servicios transferidos y se añade un margen de utilidad bruta comparable al que obtendrían partes independientes en transacciones similares.

  • Método de precio de reventa:

Se aplica cuando un distribuidor compra bienes a una parte relacionada y los revende a partes independientes. Se calcula el precio de venta a terceros y se resta un margen de utilidad bruta comparable al que obtendría un distribuidos independiente en transacciones similares.

  • Método del margen neto de la transacción:

Compara el margen de utilidad neta obtenido en una transacción controlada con el margen de utilidad neta obtenido en transacciones comparables entre partes independientes.

  • Método de partición de utilidades:

Identifica la utilidad combinada obtenida por partes relacionadas en una transacción controlada y la distribuye entre ellas con base en factores económicos relevantes.

Estudio de precios de transferencia

El estudio de precios de transferencia debe justificar la razonabilidad de los precios utilizados en las transacciones entre partes relacionadas durante el ejercicio fiscal, proporcionando evidencia y análisis que respalden el cumplimiento del principio de Plena Competencia.

Algunos elementos básicos que presenta un estudio de precios de transferencia son:

  • Información sobre las partes relacionadas con las que se realizan operaciones.
  • Funciones, activos y riesgos asumidos por el contribuyente y la parte relacionada con quien se realiza transacciones.
  • Documentación sobre las operaciones con partes relacionadas y elementos de comparabilidad.
  • El método aplicado y documentación de las operaciones o empresas comparables.
  • Detalles de aplicación de los ajustes.

Los procesos de determinación de precios de transferencia y la elaboración del estudio pueden ser complejos, especialmente en transacciones con intangibles o realizadas en mercados con poca información disponible. Para mitigar los riesgos, las empresas multinacionales pueden implementar políticas y procedimientos claros en materia de precios de transferencia, así como buscar asesoría de expertos en el tema.

Declaración informativa y documentación soporte

En 2016, la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) introdujo la obligación para los contribuyentes de reportar sus operaciones con partes relacionadas a través de la Declaración Informativa de Precios de Transferencia o de Partes Relacionadas. Esto con el objetivo de prevenir la manipulación de precios por parte de empresas multinacionales, evitando el traslado de utilidades a jurisdicciones con baja carga fiscal.

El artículo 76-A de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece quiénes son los contribuyentes sujetos a presentar las declaraciones informativas, así como cuáles son dichas declaraciones. Empecemos por los contribuyentes, los cuales, en concordancia con los artículos del Código Fiscal de la Federación (CFF), son:

Artículo 32-A del CFF:

  • Personas morales con ingresos acumulables para efectos del ISR iguales o superiores a $1,940,178,120.00 (monto actualizado en el anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente).
  • Personas morales con acciones cotizadas en la bolsa de valores.

Artículo 32-H (fracciones I, II, III, IV y VI) del CFF:

  • Personas morales que hayan declarado ingresos acumulables iguales o superiores a $1,062,919,860.00 (monto actualizado en el anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente).
  • Sociedades mercantiles que tributan bajo el régimen fiscal opcional para grupos de sociedades.
  • Entidades paraestatales de la administración pública federal.
  • Personas morales residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país.
  • Contribuyentes que sean las partes relacionadas.

Ahora, las declaraciones que deben presentar son:

  • Declaración Informativa Maestra

Proporciona una visión general de las operaciones globales del grupo multinacional, incluyendo la estructura de la organización, descripción de la actividad, intangibles, entre otros.

Información en la declaración informativa Maestra de partes relacionadas

  • Declaración Informativa Local

Contiene información sobre las transacciones específicas realizadas por el contribuyente en México con partes relacionadas, así como el análisis de precios de transferencia que respalda la razonabilidad de los movimientos.

información en la declaración informativa local de partes relacionadas

  • Declaración Informativa País por País

Presenta información sobre la distribución global de ingresos, impuestos pagados y actividades comerciales del grupo multinacional en cada jurisdicción fiscal donde opera. Permite a las autoridades fiscales evaluar los riesgos de erosión de la base imponible y el traslado de utilidades.

información en la declaración informativa país por país de partes relacionadas

¡Prepara correctamente tu Declaración Anual!

Es crucial que las empresas multinacionales tengan la documentación necesaria para justificar sus precios de transferencia, cumpliendo con las leyes locales e internacionales sobre la transparencia y equidad en las transacciones entre partes relacionadas.

La declaración de partes relacionadas, a diferencia de una declaración mensual, se divide en varias presentaciones a lo largo del calendario. A continuación, te compartimos las fechas que necesitas tener en cuenta.

Plazo de presentación
Estudio y determinación de Precios de Transferencia 1 al 31 de marzo
Declaración Local 1 al 17 de mayo
Declaración País por País 1 al 31 de diciembre
Declaración Maestra 1 al 31 de diciembre

Riesgos y sanciones por incumplimiento

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha intensificado su fiscalización en materia de precios de transferencia, poniendo especial atención a transacciones con intangibles y reestructuraciones empresariales. El incumplimiento de las normativas puede acarrear multas significativas, ajustes fiscales y otros procesos sancionatorios.

El código Fiscal de la Federación (CFF) establece un marco estricto para las infracciones relacionadas con las declaraciones de precios de transferencia:

  • Artículo 76 del CFF: cuando la infracción de no presentar la declaración resulte en la omisión del pago de contribuciones, las autoridades fiscales pueden aplicar una multa de entre el 55% y el 75% de las contribuciones omitidas.
  • Artículo 81 y artículo 82, fracción XVII, del CFF: por no presentar la declaración, hacerlo incompleta o con errores, se establece una multa que va de los $99,590.00 a los $199,190.00.
  • Artículo 83, fracción XV, y artículo 84 del CFF: establecen multas de los $2,260.00 a $6,780.00 por cada operación con partes relacionadas en el extranjero que no esté identificada en la contabilidad.

Además, cabe destacar que, en caso de incumplimiento, las autoridades fiscales tienen la facultad de determinar los ingresos acumulables y deducciones autorizadas, estableciendo el precio o monto de la contraprestación en operaciones con partes relacionadas basándose en los montos que habrían usado partes independientes en operaciones comparables.

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