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El IVA es un impuesto que afecta tanto a los empresarios como a los consumidores, por lo que es fundamental conocer sus características, tipos, obligaciones y procedimientos. En este artículo traemos una guía completa para que puedas declarar el IVA en Colombia de forma correcta y oportuna.
El IVA es un impuesto que se aplica sobre el valor agregado que se genera en cada fase de la etapa productiva o comercial de un bien o servicio. Es decir, el IVA se calcula sobre la diferencia entre el precio de venta y el costo de los insumos o materias primas utilizadas para producir o adquirir ese bien o servicio.
Es un impuesto que tiene diferentes tipos o tarifas la cuales dependen de la naturaleza y la categoría del bien o servicio gravado. En Colombia, por ejemplo, existen cuatro tipos de IVA que se aplican según el producto o la actividad:
IVA General 19%: es la tarifa más alta y se aplica a la mayoría de los productos y servicios.
IVA Reducido 5%: recae solo sobre algunos productos de primera necesidad, como alimentos, medicamentos y servicios públicos.
IVA Superreducido 0%: se aplica a productos y actividades que no generan valor agregado, como libros, educación y salud.
IVA Excluido: No se aplica el impuesto, como en el caso de las empresas dedicadas a las exportaciones, las donaciones y las operaciones financieras.
No todos los contribuyentes están obligados a declarar el IVA en Colombia. Solo deben hacerlo las personas naturales o jurídicas que realicen actividades gravadas con este impuesto, como la venta de bienes o la prestación de servicios.
Los responsables del IVA se clasifican en dos regímenes: el régimen común y el régimen simplificado. El régimen común agrupa a los contribuyentes que tienen más ingresos, mayor capacidad económica y organización contable. El régimen simplificado acoge a los contribuyentes con menores ingresos, menor capacidad económica y menor organización contable.
Los contribuyentes del régimen común deben declarar y pagar el IVA cada dos meses o cuatro meses, según su nivel de ingresos. Los contribuyentes del régimen simplificado no están obligados a declarar ni a pagar el IVA, pero deben cumplir con otros deberes formales, como expedir factura, llevar un libro de registro de operaciones, entre otros.
Para saber si eres responsable del IVA y en qué régimen te encuentras, debes consultar la normatividad vigente y los requisitos establecidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Además del artículo 437 del Estatuto Tributario y la Resolución 00042 de 2020 de la DIAN para obtener más información al respecto.
Para calcular el IVA de un producto o servicio, solo tienes que multiplicar el precio del producto o servicio por el porcentaje de IVA correspondiente. Por ejemplo, si compras un producto por $100 y el IVA general es del 19%, entonces el IVA que tendrás que pagar será de $19. Si compras un producto por $100 y el IVA reducido es del 5%, entonces el impuesto a pagar será de $5.
Los contribuyentes deben declarar el IVA cada bimestre o cuatrimestre, según el caso, a través de la DIAN. Los contribuyentes también pueden recuperar el IVA que han pagado en sus compras, presentando una solicitud de devolución de IVA a la DIAN.
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La declaración del IVA se debe hacer de forma electrónica, a través de los servicios en línea de la DIAN. Para ello debes
¡Recuerda! El pago se debe hacer dentro de los plazos establecidos por la DIAN, de lo contrario, se generarán intereses y sanciones.
El plazo para declarar y pagar el IVA depende del régimen al que pertenezcas y de la periodicidad que te corresponda. En Colombia, existen dos regímenes de IVA: el común y el simplificado.
El primero aplica para los responsables que tienen ingresos brutos superiores a 3.500 UVT ($129.115.000 para el año 2023) o que realizan actividades gravadas con tarifas diferenciales. El segundo aplica para los responsables que tienen ingresos brutos inferiores a ese monto y que realizan actividades gravadas con la tarifa general del 19%. A continuación, te mostramos el calendario tributario para el año 2023, según la información publicada por la DIAN.
Es importante que tengas en cuenta que el plazo máximo para declarar y pagar el IVA vence el día hábil siguiente al indicado en el calendario, si el último día es sábado, domingo o festivo.
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