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La renta presuntiva, como se puede intuir con su nombre, es una presunción de Ley, o también una ficción legal, esto se debe a que se trata de una presunta ocurrencia de un hecho que puede ser convertido en base gravable a pesar de que no haya existido.
Con la renta presuntiva el Gobierno pretende castigar a todos aquellos patrimonios ociosos, es decir aquellos contribuyentes que no trabajan con el fin de rentabilizar el patrimonio con el que cuentan. Debemos recordar que el estado se mantiene gracias a los ingresos que obtiene por los impuestos, y estos impuestos no pueden existir sin el trabajo de los contribuyentes, ósea que, si no obtiene ingresos, no le va a ser posible incrementar el patrimonio con el que cuenta.
Teniendo en cuenta lo anterior, la renta presuntiva es aquella renta que la Ley asume que debe generar cierto patrimonio. El patrimonio, es el conjunto de bienes y derechos, y es de suponer que este tiene que ser productivo, por lo tanto, el Gobierno asume que el patrimonio al finalizar el año gravable debe haber generado un mínimo de renta, que para el año 2019 es del 1,5 por ciento.
Esto significa que la renta presuntiva no es más que una base gravable sobre la que eventualmente los contribuyentes deben pagar su impuesto de renta con el fin de evitar problemas fiscales como la evasión fiscal.
El impuesto de renta se paga o, dicho de otra forma, se tributa sobre renta presuntiva en el momento que la renta presuntiva es mayor a la renta efectiva que obtiene el contribuyente, esto quiere decir que el impuesto de renta se debe pagar sobre la renta que tiene un numero mayor entre la renta presuntiva y la renta real o también conocida como la renta líquida.
Esto quiere decir que el estado nunca va a perder debido a que el contribuyente, a pesar de que trabaje o no lo haga, debe pagar el impuesto correspondiente, así sea sobre una base que se ha estimado o que es ficticia.
Teniendo en cuenta lo establecido por el Estatuto Tributario (ET) en el Artículo 188, modificado por medio del Artículo 78 de la Ley de Financiamiento (LINK), la tasa que se aplicará para el calculo de la renta presuntiva para el año gravable 2019 va a ser de un 1,5 por ciento. Con esta nueva reforma tributaria se pretende eliminar esta renta en el año gravable 2021.
Teniendo en cuenta el Artículo numero 78 de la Ley de financiamiento 1943 de 2018, por medio del que se modificó el Artículo numero 188 del ET (Estatuto Tributario), que se encarga de regular el porcentaje y la base de renta presuntiva, estableciendo que, para los efectos del impuesto sobre la renta, en donde se presume que la renta líquida de la persona contribuyente no es menor al 3,5 por ciento del patrimonio líquido con el que cuenta en el último día del periodo gravable inmediatamente anterior (que se aplica para el año gravable 2018). Este porcentaje de renta presuntiva se reducirá al 1,5 porciento en el año gravable 2019, y posteriormente se eliminará en el año 2021.
A esto se suma, que después de los cambios que realizará la Ley de Financiamiento, los contribuyentes que se encuentran inscritos bajo el régimen simple de tributos no van a estar sujetos a la renta presuntiva.
Ten presente que le renta presuntiva no es más que el mínimo rendimiento que el Estado espera que genere el patrimonio líquido de los contribuyentes, por este motivo obliga a las personas jurídicas y naturales a tributar sobre los ingresos que pueden no haber sido percibidos realmente.
Por otro lado, es de gran importancia que tengas en cuenta que con la nueva reforma tributaria por medio del Artículo 31, se modifica el Artículo 333 del Estatuto Tributario lo que establece que la base de la renta presuntiva de la persona que contribuye va a ser comparada con la renta que tiene la cédula general lo que constituirá un error por dejar de lado la cédula de las pensiones y dividendos y participaciones, lo que sin duda va a generar que aquellas personas naturales que únicamente perciban ingresos por los dividendos o pensiones tengan que tributar de manera automática sobre la renta ordinario que generen estas.
Esto es todo lo que debes conocer acerca de la renta presuntiva para que tengas claro lo que es y por qué la ha impuesto el Gobierno Nacional, así que si no lo sabias es momento de que te pongas al día con este tipo de tributo y comiences a tenerlo en cuenta. También es de gran importancia que acojas el nuevo lineamiento, para la renta presuntiva, que se ha estipulado con la Ley de financiamiento por los próximos años.
Escrito por Luisa Fernanda Cortés Ruiz
Soy politóloga y periodista de la Universidad Javeriana de Bogotá. Me apasiona la danza, la música, el diseño de modas, la investigación financiera y el business intelligence. Mi propósito en cada renglón es que mis lectores transformen su vida cuando me leen, es decir, que la información que investigo para ellos sea tan relevante que les cambien pequeñas prácticas de su cotidianidad.
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1/30/2020
Aclare mi duda.
es super valioso su aporte
Dios la bendiga por dar a otros de su conocimiento
6/25/2019
Es una excelente información gracias
3/22/2019
Excelente aporte muy didáctica la información del artículo, lo que pasa es que en este mundo de egos y superegos ya nadie agradece el esfuerzo inteligente para transmitir conocimiento.
3/26/2019
Hola Yuri. Gracias por tu comentario, para nosotros es muy valioso. Nuestra mejor recompensa es brindar información de valor a través de nuestro blog. Un saludo 🙂
Laura Valentina Navarro Olaya
7/2/2019
Gracias, Elizabeth. Nos alegra mucho que te haya servido el artículo 😀