Declaración de renta en 2018: Todo lo que debes saber aquí | Siigo

Fechas de pago de impuesto de renta y complementarios

La obligación de presentación de la declaración de renta y complementarios para personas jurídicas, según el Decreto 520 de 2020, debió realizarse entre el 8 al 22 de julio de 2022.

Asimismo, no olvides corroborar todos tus datos e información para que tu documento de presentación tributaria esté correcto.

Los vencimientos del pago de la segunda cuota quedan de la siguiente manera:

podrán presentar su declaración de renta y los plazos según el calendario tributario de 2018 serán los siguientes:
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Sanciones por extemporaneidad

Este tipo de sanción no aplica solamente a las sanciones por no declarar renta, sino en total a cualquier impuesto no pagado. La sanción mínima por declaración de renta extemporánea se enuncia en el Artículo 630 del Estatuto Tributario:

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Te sugerimos no dejar para lo último el cumplimiento de tu obligación tributaria para que tus documentos estén en regla y evites contratiempos que te generen posibles sanciones.

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Renta personas naturales

El numeral A del artículo 1.6.1.13.2.6 del Decreto 2345 de 2019 determina las personas naturales que se encuentran obligadas a declarar renta por el año gravable 2021. Los obligados deben cumplir requisitos, como:

  • Patrimonio bruto igual o superior a $163.386.000
  • Ingresos totales (en el año gravable) iguales o superiores a $50.831.000
  • Consumos mediante tarjeta de crédito iguales o superiores a $50.831.000
  • Valor total de las compras y consumos igual o superior a $50.831.000
  • Valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras igual o superior a $50.831.000

Plazos de presentación

Es importante considerar que tanto la presentación de la declaración, como el pago del impuesto a la renta y el anticipo deben expedirse en una sola cuota.

El periodo de la declaración de renta para personas naturales debe cotejarse con los dos últimos dígitos del NIT. Su plazo de vencimiento inicia el día 9 de agosto de 2022 y finaliza el día el 19 de octubre de 2022. A continuación, te compartimos los plazos de vencimiento para que los consultes y puedas programar el trámite y gestión de tus obligaciones fiscales:

Último dígito Nit Plazo para declarar
01 y 02 9 de agosto de 2022
03 y 04 10 de agosto de 2022
05 y 06 11 de agosto de 2022
07 y 08 12 de agosto de 2022
09 y 10 16 de agosto de 2022
11 y 12 17 de agosto de 2022
13 y 14 18 de agosto de 2022
15 y 16 19 de agosto de 2022
17 y 18 22 de agosto de 2022
19 y 20 23 de agosto de 2022
21 y 22 24 de agosto de 2022
23 y 24 25 de agosto de 2022
25 y 26 26 de agosto de 2022
27 y 28 29 de agosto de 2022
29 y 30 30 de agosto de 2022
31 y 32 31 de agosto de 2022
33 y 34 1 de septiembre de 2022
35 y 36 2 de septiembre de 2022
37 y 38 5 de septiembre de 2022
39 y 40 6 de septiembre de 2022
41 y 42 7 de septiembre de 2022
43 y 44 8 de septiembre de 2022
45 y 46 9 de septiembre de 2022
47 y 48

12 de septiembre de 2022

49 y 50 13 de septiembre de 2022
Último dígito Nit Plazo para declarar
51 y 52 9 de agosto de 2022
53 y 54 14 de septiembre de 2022
55 y 56 15 de septiembre de 2022
55 y 56 16 de septiembre de 2022
57 y 58 19 de septiembre de 2022
59 y 60 20 de septiembre de 2022
61 y 62 21 de septiembre de 2022
63 y 64 22 de septiembre de 2022
65 y 66 23 de septiembre de 2022
67 y 68 26 de septiembre de 2022
69 y 70 27 de septiembre de 2022
71 y 72 28 de septiembre de 2022
73 y 74 29 de septiembre de 2022
75 y 76 30 de septiembre de 2022
77 y 78 3 de octubre de 2022
79 y 80 4 de octubre de 2022
81 y 82 5 de octubre de 2022
83 y 84 6 de octubre de 2022
85 y 86 7 de octubre de 2022
87 y 88 10 de octubre de 2022
89 y 90 11 de octubre de 2022
91 y 92 12 de octubre de 2022
93 y 94 13 de octubre de 2022
95 y 96 14 de octubre de 2022
97 y 98 18 de octubre de 2022
99 y 00 19 de octubre de 2022

Residentes en el exterior

Es importante decir que los residentes del exterior también entran en la obligatoriedad de presentar la declaración de renta en los plazos señalados para su buen cumplimiento. El pago del impuesto podrá efectuarse en línea a través de los bancos o entidades financieras autorizados en Colombia.

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Importancia de presentar la declaración en las fechas establecidas

Las declaraciones de renta de persona natural deben efectuarse en las fechas establecidas por el gobierno nacional; no hacerlo implica el pago de una sanción por presentación extemporánea e intereses por mora.

La sanción mínima aplicable a este tipo de impuestos para el 2021 ante la DIAN se fijó en $363.000, según el artículo 639 del estatuto tributario.

Lina Marcela Giron autora siigo blog periodista

Escrito por el Consejo de Redacción de Siigo

En este artículo participaron los periodistas de nuestro Consejo de Redacción Siigo y expertos financieros que nos explicaron cuál es la información que podría transformar tu vida.


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