La obligación de presentación de la declaración de renta y complementarios para personas jurídicas, según el Decreto 520 de 2020, debió realizarse entre el 8 al 22 de julio de 2022.
Asimismo, no olvides corroborar todos tus datos e información para que tu documento de presentación tributaria esté correcto.
Los vencimientos del pago de la segunda cuota quedan de la siguiente manera:
Este tipo de sanción no aplica solamente a las sanciones por no declarar renta, sino en total a cualquier impuesto no pagado. La sanción mínima por declaración de renta extemporánea se enuncia en el Artículo 630 del Estatuto Tributario:
Te sugerimos no dejar para lo último el cumplimiento de tu obligación tributaria para que tus documentos estén en regla y evites contratiempos que te generen posibles sanciones.
El numeral A del artículo 1.6.1.13.2.6 del Decreto 2345 de 2019 determina las personas naturales que se encuentran obligadas a declarar renta por el año gravable 2021. Los obligados deben cumplir requisitos, como:
Es importante considerar que tanto la presentación de la declaración, como el pago del impuesto a la renta y el anticipo deben expedirse en una sola cuota.
El periodo de la declaración de renta para personas naturales debe cotejarse con los dos últimos dígitos del NIT. Su plazo de vencimiento inicia el día 9 de agosto de 2022 y finaliza el día el 19 de octubre de 2022. A continuación, te compartimos los plazos de vencimiento para que los consultes y puedas programar el trámite y gestión de tus obligaciones fiscales:
Último dígito Nit | Plazo para declarar |
---|---|
01 y 02 | 9 de agosto de 2022 |
03 y 04 | 10 de agosto de 2022 |
05 y 06 | 11 de agosto de 2022 |
07 y 08 | 12 de agosto de 2022 |
09 y 10 | 16 de agosto de 2022 |
11 y 12 | 17 de agosto de 2022 |
13 y 14 | 18 de agosto de 2022 |
15 y 16 | 19 de agosto de 2022 |
17 y 18 | 22 de agosto de 2022 |
19 y 20 | 23 de agosto de 2022 |
21 y 22 | 24 de agosto de 2022 |
23 y 24 | 25 de agosto de 2022 |
25 y 26 | 26 de agosto de 2022 |
27 y 28 | 29 de agosto de 2022 |
29 y 30 | 30 de agosto de 2022 |
31 y 32 | 31 de agosto de 2022 |
33 y 34 | 1 de septiembre de 2022 |
35 y 36 | 2 de septiembre de 2022 |
37 y 38 | 5 de septiembre de 2022 |
39 y 40 | 6 de septiembre de 2022 |
41 y 42 | 7 de septiembre de 2022 |
43 y 44 | 8 de septiembre de 2022 |
45 y 46 | 9 de septiembre de 2022 |
47 y 48 |
12 de septiembre de 2022 |
49 y 50 | 13 de septiembre de 2022 |
Último dígito Nit | Plazo para declarar |
---|---|
51 y 52 | 9 de agosto de 2022 |
53 y 54 | 14 de septiembre de 2022 |
55 y 56 | 15 de septiembre de 2022 |
55 y 56 | 16 de septiembre de 2022 |
57 y 58 | 19 de septiembre de 2022 |
59 y 60 | 20 de septiembre de 2022 |
61 y 62 | 21 de septiembre de 2022 |
63 y 64 | 22 de septiembre de 2022 |
65 y 66 | 23 de septiembre de 2022 |
67 y 68 | 26 de septiembre de 2022 |
69 y 70 | 27 de septiembre de 2022 |
71 y 72 | 28 de septiembre de 2022 |
73 y 74 | 29 de septiembre de 2022 |
75 y 76 | 30 de septiembre de 2022 |
77 y 78 | 3 de octubre de 2022 |
79 y 80 | 4 de octubre de 2022 |
81 y 82 | 5 de octubre de 2022 |
83 y 84 | 6 de octubre de 2022 |
85 y 86 | 7 de octubre de 2022 |
87 y 88 | 10 de octubre de 2022 |
89 y 90 | 11 de octubre de 2022 |
91 y 92 | 12 de octubre de 2022 |
93 y 94 | 13 de octubre de 2022 |
95 y 96 | 14 de octubre de 2022 |
97 y 98 | 18 de octubre de 2022 |
99 y 00 | 19 de octubre de 2022 |
Es importante decir que los residentes del exterior también entran en la obligatoriedad de presentar la declaración de renta en los plazos señalados para su buen cumplimiento. El pago del impuesto podrá efectuarse en línea a través de los bancos o entidades financieras autorizados en Colombia.
Las declaraciones de renta de persona natural deben efectuarse en las fechas establecidas por el gobierno nacional; no hacerlo implica el pago de una sanción por presentación extemporánea e intereses por mora.
La sanción mínima aplicable a este tipo de impuestos para el 2021 ante la DIAN se fijó en $363.000, según el artículo 639 del estatuto tributario.
Escrito por el Consejo de Redacción de Siigo
En este artículo participaron los periodistas de nuestro Consejo de Redacción Siigo y expertos financieros que nos explicaron cuál es la información que podría transformar tu vida.
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8/9/2022
Buenas tardes. Quisiera información, tengo una casa avalada en 190 millones pero esta a nombre de mi esposo y yo, pero el desde hace años el ha llevado la carga de declarar como persona natural, por que yo antes no lo hacía, ahora que yo tambien tengo que declarar como persona natural que debo hacer? Declarar con el 50% y el deber de mi esposo es notificarlo ? Para que le toque solo declarar por la mitad?? Por que el le ha tocado pagar por asumir solo como el dueño..ya que no teníamos ese conocimiento, espero me haga hecho entender. Gracias.
7/30/2020
BUENAS TARDES: UNA PERSONA NATURAL COMPRO UNA FINCA EN AGOSTO 06 DEL 2014 POR $ 45.000.000 Y EL 20 DE MARZO DEL 2019, VENDIO 4 LOTES DE ESA FINCA POR $ 35.000.000. ME PUEDE EXPLICAR POR FAVOR CUAL ES LA FORMULA PARA CALCULAR LA GANANCIA OCASIONAL?
MUCHAS GRACIAS
8/6/2020
Hola Doralba
La ganancia ocasional es el precio de venta menos el costo total del activo,en este link puedes encontrar la explicación de como hacer el proceso y también en este enlace puedes ampliar la información
Gracias por escribirnos
7/30/2020
Buenas tardes: Necesito saber en que cedula registro las consignaciones de una Persona Natural, para declarar renta del 2019.
Muchas gracias
8/6/2020
Hola Doralba
En este caso de consignaciones se puede registrare en las cédulas de renta de capital y esta estipulado en el ART 338 al 339 del Estatuto Tributario, para mayor inforamación puedes consultar este enlace.
Gracias por tu consulta
5/23/2020
Hola buen día que debo hacer me llego una notificación de omisión por no declara renta en 2018 pero en realidad yo no cuento reúno ese patrimonio bruto especificado pues cuento con un bien común con mi esposo avaluado en 240.696.000 es cierto debo declarar? Que debo hacer?
6/9/2020
Hola Fanny
En este caso lo mejor es que contactes a tu contador, el te indicara cual es el mejor procedimiento a seguir y las sancionas a las que haya lugar.
8/12/2019
Buen día,
Soy empleado desde hace varios años y desde el año pasado adquirí un negocio pequeño. dentro de mi declaración como asalariado puedo incluir la declaración de mi negocio?
Muchas gracias
8/13/2019
Hola Luis. La declaración de renta debe hacerse por separado como persona natural y como persona jurídica. Puedes ampliar esta información en el siguiente enlace: Renta
7/21/2019
Buen dia
Si una propiedad esta avaluada en 250.000.000 pero esta a nombre de dos personas con porcentaje diferente pero casadas, deben declarar renta’ en caso dado los dos tendrian que declarar? como se saca el valor a declarar en este caso?
9/19/2019
Hola, Liliana 🙂
El Estatuto Tributario señala que los cónyuges son responsables de la renta individualmente, esto lo puedes revisar en el artículo 8.
También puedes consultar acá para más información.
7/9/2019
Buenas tardes quisiera consultar si un inmueble esta a nombre de un solo miembro de la pareja, lo declara solo ese o entra en la sociedad conyugal y se declara 50% el esposo y 50% la esposa aunque ella no aparezca en la escritura???
9/19/2019
Hola, Sonia 🙂
Según el artículo 8 del Estatuto Tributario los cónyuges deben ser responsables de la renta individualmente, según los bienes e ingresos que cada uno posea.
5/24/2019
Hola, tengo una duda soy persona natural, pero me dedico a la compra y venta de casas, como se que debo declarar.
5/28/2019
Hola Gustavo. En ese caso puedes guiarte por los montos establecidos para las personas naturales, es decir, deberás declarar renta este 2019 si eres una persona natural que a 31 de diciembre del 2018 supere los montos mencionados a continuación: Patrimonio bruto: 149.202.000; Compras y consumos totales: $46.418.000; Ingresos brutos: $46.418.000; Consignaciones, depósitos o inversiones: $46.418.000; Consumos con tarjeta de crédito: $46.418.000. Recuerda que este año la declaración de renta se realiza por el sistema cedular que puedes consultar en este enlace: Renta cedular.
4/2/2019
Como hago olvide si declare o no renta del año 2017 como hago para saberlo
5/28/2019
Hola Amparito. ¡Buenas noticias! La DIAN te permite descargar una copia de la declaración que hiciste en el 2017 (en caso de que sí la hayas hecho) en su Portal. Para ello debes ingresar con tu usuario y contraseña. Saludos 🙂
3/21/2019
soy empresario en un dia mis ganancias en 2018 fue de 5.300.000 debo pagar impuesto por ese monto y cuanto
4/3/2019
Hola Osvaldo. En ese caso revisa bajo qué tipo de renta debes hacer la declaración. De acuerdo a lo que nos comentas, sería una renta de capital. En este enlace podrás encontrar la depuración del proceso para el cálculo de dicha renta: https://www.dian.gov.co/impuestos/personas/Renta_Personas_Naturales_2017/Clasificacion_y_definicion_Rentas_Cedulares/Rentas_de_Capital/Paginas/default.aspx
12/27/2018
Buenas tardes mi madre tiene una propiedad, avaluada en 220millones, 72 anos de edad, nunca a trabajado, no tiene pension, tiene que declarar renta?
4/3/2019
Hola John. En ese caso tu mamá cumple con el tope para declarar renta por el sistema de renta cedular de capital. Aquí tienes el enlace donde puedes ver cómo hacer la declaración: https://www.dian.gov.co/impuestos/personas/Renta_Personas_Naturales_2017/Clasificacion_y_definicion_Rentas_Cedulares/Rentas_de_Capital/Paginas/default.aspx
10/27/2018
buenas tardes como hago para sacar un certificado de declaración de renta
11/23/2018
Hola Esteban, desde la pagina de la DIAN al momento de ingresar a usuario registrado, el sistema te permite consultar el estado de tus obligaciones. Buen dia
9/26/2018
hoola….Excelentes conferencia Renta Personas Naturales Muchas gracias.
si fuera, por favor posible me compartieran el taller al email. [email protected]
11/23/2018
Diby, muchas gracias por consultar nuestras herramientas. Te contamos que el material de estas conferencias siempre lo vas a encontrar desde la plataforma en la cual fue dictada. Buen día.
7/23/2018
Cordial saludo.
Excelentes conferencia Seminario Renta Personas Naturales S1. Clara, al grano como nos gusta a los contadores. Muchas gracias.
Agradezco si por favor me pudieran compartir el taller al correo [email protected]
Atentamente,
LELIO MENDOZA PADILLA
7/31/2018
Hola Lelio. Muchas gracias por tu comentario. Te enviaremos la información del taller lo más pronto posible. Saludos.
7/18/2018
gracias …. por el aporte , por favor no vayan a caer en lo que hace actualicese .. con tanta publicidad engañosa de productos y servicios falsos … muy buen espacio
7/16/2018
Oportuna, sencilla, muy útil. Gracias
3/15/2018
excelente informacion,agradecidos por tan valioza coperacion saludos
4/4/2018
valiosa, amigo, valiosa
Lizeth Restrepo
8/11/2022
Saludos, Yadis
En respuesta a tu pregunta te contamos que como en la escritura pública ambos aparecen como dueños y propietarios del inmueble, los dos deben presentar su declaración de renta como persona natural por valores iguales.
Gracias por leerrnos.