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Una de las mayores preocupaciones de los colombianos a lo largo de los años ha sido poder pagar sus impuestos de forma oportuna para evitar sanciones y dolores de cabeza; sin embargo, este tema no siempre es del todo claro; entre las fechas, las tasas y los topes para declarar es normal volverse un ocho y, muy seguramente no eres la excepción.
Calma, has llegado al lugar correcto; en este artículo sabrás todo lo necesario para que tu declaración de renta deje de ser una pesadilla y estés al tanto de cada aspecto importante. Quédate y descúbrelo.
La declaración de renta se presenta de acuerdo a las condiciones económicas de cada contribuyente, es decir, la DIAN cada año determina topes específicos según la actividad económica y totalidad de ingresos de cada persona natural o jurídica.
Para ser más específicos, el pasado 22 de noviembre de 2023, el Ministerio de Hacienda bajo el decreto 2229 determinó los plazos y topes para cumplir con la declaración de renta. A continuación, te los presentamos.
Se conocen como topes para declarar el impuesto a la renta aquellos valores que dan cuenta de los ingresos, gastos de compras con tarjeta, consumos, consignaciones bancarias y, en general, el patrimonio bruto de las personas durante un año gravable, en este caso 2023.
Los topes se definen por Unidades de Valor Tributario (UVT) las cuales miden en pesos las diferentes obligaciones tributarias. Cada año este valor es modificado por el estado
Te mostramos a continuación cuáles son los montos para declarar renta este 2024:
Para las personas jurídicas se implementó una tarifa del 35% sobre el valor total de su patrimonio.
Las fechas límite para declarar renta se encuentran distribuidas por tipo de contribuyente y cuotas, según corresponda; por ejemplo, para los grandes contribuyentes y personas jurídicas la declaración y pago de renta se divide en tres y dos cuotas respectivamente.
Para las personas naturales esta declaración se presenta en un formulario dispuesto por la DIAN y bajo los dos últimos dígitos del NIT. Toma nota de lo que te presentamos a continuación.
Primera cuota
Último dígito | Fecha final |
---|---|
1 | 9 de febrero de 2024 |
2 | 12 de febrero de 2024 |
3 | 13 de febrero de 2024 |
4 | 14 de febrero de 2024 |
5 | 15 de febrero de 2024 |
6 | 16 de febrero de 2024 |
7 | 19 de febrero de 2024 |
8 | 20 de febrero de 2024 |
9 | 21 de febrero de 2024 |
0 | 22 de febrero de 2024 |
Segunda cuota
Último dígito | Fecha final |
---|---|
1 | 9 de abril de 2024 |
2 | 12 de abril de 2024 |
3 | 13 de abril de 2024 |
4 | 14 de abril de 2024 |
5 | 15 de abril de 2024 |
6 | 16 de abril de 2024 |
7 | 17 de abril de 2024 |
8 | 18 de abril de 2024 |
9 | 19 de abril de 2024 |
0 | 22 de abril de 2024 |
Tercera cuota
Último dígito | Fecha final |
---|---|
1 | 13 de junio de 2024 |
2 | 14 de junio de 2024 |
3 | 17 de junio de 2024 |
4 | 18 de junio de 2024 |
5 | 19 de junio de 2024 |
6 | 20 de junio de 2024 |
7 | 21 de junio de 2024 |
8 | 24 de junio de 2024 |
9 | 25 de junio de 2024 |
0 | 26 de junio de 2024 |
Primera cuota
Último dígito | Fecha final |
---|---|
1 | 10 de mayo de 2024 |
2 | 14 de mayo de 2024 |
3 | 15 de mayo de 2024 |
4 | 16 de mayo de 2024 |
5 | 17 de mayo de 2024 |
6 | 20 de mayo de 2024 |
7 | 21 de mayo de 2024 |
8 | 22 de mayo de 2024 |
9 | 23 de mayo de 2024 |
0 | 24 de mayo de 2024 |
Segunda cuota
Último dígito | Fecha final |
---|---|
1 | 10 de julio de 2024 |
2 | 11 de julio de 2024 |
3 | 12 de julio de 2024 |
4 | 15 de julio de 2024 |
5 | 16 de julio de 2024 |
6 | 17 de julio de 2024 |
7 | 18 de julio de 2024 |
8 | 19 de julio de 2024 |
9 | 22 de julio de 2024 |
0 | 23 de julio de 2024 |
Dos últimos dígitos | Fecha final |
---|---|
01 y 02 | 12 de agosto de 2024 |
03 y 04 | 13 de agosto de 2024 |
05 y 06 | 14 de agosto de 2024 |
07 y 08 | 15 de agosto de 2024 |
09 y 10 | 16 de agosto de 2024 |
11 y 12 | 20 de agosto de 2024 |
13 y 14 | 21 de agosto de 2024 |
15 y 16 | 22 de agosto de 2024 |
17 y 18 | 23 de agosto de 2024 |
19 y 20 | 26 de agosto de 2024 |
21 y 22 | 27 de agosto de 2024 |
23 y 24 | 28 de agosto de 2024 |
25 y 26 | 29 de agosto de 2024 |
27 y 28 | 2 de septiembre de 2024 |
29 y 30 | 3 de septiembre de 2024 |
31 y 32 | 4 de septiembre de 2024 |
33 y 34 | 5 de septiembre de 2024 |
35 y 36 | 6 de septiembre de 2024 |
37 y 38 | 9 de septiembre de 2024 |
39 y 40 | 10 de septiembre de 2024 |
41 y 42 | 11 de septiembre de 2024 |
43 y 44 | 12 de septiembre de 2024 |
45 y 46 | 13 de septiembre de 2024 |
47 y 48 | 16 de septiembre de 2024 |
49 y 50 | 17 de septiembre de 2024 |
51 y 52 | 18 de septiembre de 2024 |
53 y 54 | 19 de septiembre de 2024 |
55 y 56 | 20 de septiembre de 2024 |
57 y 58 | 23 de septiembre de 2024 |
59 y 60 | 24 de septiembre de 2024 |
61 y 62 | 25 de septiembre de 2024 |
63 y 64 | 26 de septiembre de 2024 |
65 y 66 | 26 de septiembre de 2024 |
67 y 68 | 1 de octubre de 2024 |
69 y 70 | 2 de octubre de 2024 |
71 y 72 | 3 de octubre de 2024 |
73 y 74 | 4 de octubre de 2024 |
75 y 76 | 7 de octubre de 2024 |
77 y 78 | 8 de octubre de 2024 |
79 y 80 | 9 de octubre de 2024 |
81 y 82 | 10 de octubre de 2024 |
83 y 84 | 11 de octubre de 2024 |
85 y 86 | 15 de octubre de 2024 |
87 y 88 | 16 de octubre de 2024 |
89 y 90 | 17 de octubre de 2024 |
91 y 92 | 18 de octubre de 2024 |
93 y 94 | 21 de octubre de 2024 |
95 y 96 | 22 de octubre de 2024 |
97 y 98 | 23 de octubre de 2024 |
Últimos dos dígitos | Fecha final |
---|---|
99 y 00 | 24 de octubre de 2024 |
El hecho de evadir la responsabilidad de declarar renta implica sanciones importantes; donde el contribuyente debe asumir el 20% de los ingresos o consignaciones bancarias de la última declaración realizada. Ahora bien, si presentas tu declaración de renta fuera de la fecha límite la sanción que debes asumir es del 5% del impuesto a cargo y aumenta con cada mes o fracción de mes que dejes pasar entre la fecha límite y el pago.
Ya que sabes cómo funciona el impuesto a la renta y cuáles son los topes que debes tener en cuenta para presentar tu declaración de forma oportuna, te invitamos a que te suscribas a nuestro blog para que recibas la mejor información, así siempre estarás al día y aprendiendo de los temas contables y administrativos de tu interés. También te invitamos a que visites nuestro software contable y administrativo y te enamores de nuestras soluciones tecnológicas que no solo ayudan a impulsar tu profesión o empresa, sino que además te darán el respaldo, la confianza y la seguridad que tus procesos y negocios necesitan. ¡Qué esperas!
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