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Diferencias entre el régimen común y el régimen simplificado

régimen común vs régimen simplificado

Régimen común y régimen simplificado son los nombres que anteriormente se les daba a los responsables de recaudar y entregar a la DIAN el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Recordemos que este es un tributo que pagamos al momento de comprar un producto o recibir un servicio, y que entrega recursos indispensables para que el Estado cubra las necesidades básicas de la población y garantice el funcionamiento de las instituciones.

En este artículo te explicamos cuál es la diferencia entre régimen común y régimen simplificado y te contamos cuáles son los términos que ahora se utilizan para denominar a estas dos categorías.

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Modificación del nombre para el régimen común y el régimen simplificado

La Ley 1943 de 2018, también conocida como Ley de Financiamiento, eliminó los términos régimen común y régimen simplificado del impuesto a las ventas. Si bien esta ley fue declarada inexequible por la Corte Constitucional y reemplazada por la Ley de Crecimiento Económico (Ley 2010 de 2019), el cambio en la denominación de los regímenes se mantuvo y ahora son conocidos como:

  • Régimen común: responsable del IVA
  • Régimen simplificado: no responsable del IVA

Esto quiere decir que, si perteneces al régimen común, ahora te denominas responsable del IVA y estás en la obligación de recaudar impuestos y facturar electrónicamente. Para que conozcas mejor las diferencias entre uno y otro, a continuación te presentamos sus características y obligaciones.

Responsables del IVA (régimen común)

Características

Dentro del grupo de responsables del IVA se encuentran quienes venden productos o servicios gravados con IVA, es decir:

Personas jurídicas que comercializan productos o servicios que contienen IVA.

Personas naturales que incumplen uno o varios de los requisitos para pertenecer al grupo de los no responsables del IVA. Usuarios aduaneros cuyas labores comerciales se relacionen con actividades gravadas con IVA.

Obligaciones de los responsables del IVA

  • Recaudar el IVA, reportarlo y entregar el dinero a la DIAN.
  • Inscribirse en el registro mercantil.
  • Para los comerciantes, llevar contabilidad.
  • Inscribirse en el RUT o hacer la actualización en caso de haber pertenecido al grupo de los no responsables del IVA.
  • Presentar declaración de renta a la DIAN.
  • Expedir factura electrónica.
[CTA][CO][PRODUCTO][3][PROCESOS EN TIEMPO REAL]

No responsables del IVA (régimen simplificado)

Características

Según el artículo 437 del Estatuto Tributario, son consideradas como no responsables del IVA “las personas naturales comerciantes y los artesanos, que sean minoristas o detallistas, los pequeños agricultores y los ganaderos, así como quienes presten servicios”; esto siempre y cuando posean las siguientes características:

  • Los ingresos brutos totales derivados de su actividad comercial, son menores a 3.500 UVT (Unidades de Valor Tributario).
  • Cuentan con solo un local, establecimiento comercial, sede, oficina o negocio.
  • En el lugar donde ejercen su labor comercial, no desarrollan actividades que impliquen la explotación de activos intangibles como franquicias, concesiones, regalías o autorizaciones.
  • No son usuarios aduaneros.
  • Durante el año en curso o el anterior no han firmado contratos de venta de bienes o prestación de servicios, gravados por valor igual o superior a 3500 UVT.
  • la suma de las consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras asociadas a su nombre y hechas durante el año en curso o el anterior no superan las 3.500 UVT.
  • No se encuentran registrados como contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación –SIMPLE.

Obligaciones legales de los no responsables del IVA

Aquellos que antes eran conocidos como régimen simplificado, deben cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Inscribirse en el RUT (Registro Único Tributario).
  • Mostrar en un lugar visible al público el certificado de inscripción al RUT, donde se expresa que pertenecen al grupo de los no responsables del IVA.
  • Entregar toda la información que les solicite la DIAN.
  • Informar a la DIAN en caso de que cesen sus actividades comerciales.

Mantén toda la información financiera, contable y administrativa en un software en la nube para que tengas en orden lo que exige la DIAN: 

[CTA][CO][3][CONTENIDO][ADMINISTRA TU NEGOCIO]

En qué momento pasas a ser responsable del IVA

Una persona natural es responsable del IVA cuando incumple alguno de los requisitos señalados en el parágrafo 3 del artículo 437 del Estatuto Tributario.

Es recomendable que estés atento a los ingresos que generas con tu actividad comercial y a las inversiones financieras a tu nombre. La DIAN establece sanciones para quienes no cumplen con las obligaciones estipuladas por la Ley.

En qué momento pasas a ser no responsable del IVA

Si eres una persona natural y dejas de cumplir obligaciones como responsable del IVA, puedes solicitar tu retiro del régimen, de acuerdo con el parágrafo 3 del artículo 437 del Estatuto Tributario. Para ello, debes demostrar que en el año anterior cumpliste con todos los requisitos para pertenecer al grupo de no responsables del IVA. Ten en cuenta que estos requisitos aplican únicamente para las personas naturales y no para las personas jurídicas.

Preparamos un kit de herramientas útiles para potenciar la gestión de tu empresa:

Adriana Carolina Leal autora siigo blog periodista

Escrito por Adriana Carolina Leal

Soy Periodista de la Universidad del Rosario. Tengo experiencia en redacción para medios impresos, digitales y televisivos. Me apasiona el tango, la investigación y la realización audiovisual. Soy una Blogger dedicada a mejorar la vida de contadores, empresarios y estudiantes, escribiendo sobre los temas más actuales que les pueden interesar.

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Yasmelis Martinez

7/27/2022

Hola, tengo una duda, al régimen Simplificado o no responsables de IVA, siempre se le hacen sus respectivas retenciones, o tiene sus excepciones, también cuando un contribuyente adquiere un producto o servicio de un no responsable de IVA, el contribuyente genera un documento Soporte de Adquisiciones a no obligados a facturar, eso se cataloga como un gasto o un ingreso.

Lizeth Restrepo

8/11/2022

Saludos, Yasmelis

En respuesta a tu solicitud, te contamos que si se deben aplicar las correspondientes retenciones y si además tiene algunas variaciones, la aplicación se hace dependiendo del bien o servicio que estén prestando. Mientras que, el Documento Soporte es catalogado como un gasto para las empresas.

Gracias por leernos.

Paula

7/18/2022

Hola soy estudiante de contaduría, tengo una duda, al momento de contabilizar una factura de compra como me dio cuenta si el proveedor a quien le estoy comprando, pertenece al régimen simple de tributación y si esto lo especifica o no en la factura. Muchas gracias

Laura Amaya

7/26/2022

Hola Paula un gusto saludarte, en atención a tu pregunta, por lo general siempre se especifica en el documento el tipo de régimen. Si tienes dudas puedes contactar al proveedor tecnológico y solicitar el RUT.

Gracias por comunicarte con nosotros.

Andres

6/28/2021

Soy persona Natural con unas viviendas arrendadas como vivienda no como local, y supero los 150mm deberia declarar iva?

Martha Angulo Ríos

11/11/2021

Hola Andrés, muchas gracias por escribirnos. Los responsables de IVA son las personas que cumplan con los requisitos establecidos en el parágrafo 3 del artículo 437 del Estatuto Tributario. Debes tener en cuenta que quien es responsable de IVA es quien vende productos o servicios que se encuentren grabados con dicho impuesto.

Stefany

2/9/2021

Hola buenas tardes. Tengo una duda. Si un soy régimen simplificado y tengo un restaurante que no se pasa de los tope y adicional a esto quiero montar otro restaurante con la misma razón social paso automáticamente a régimen común? O como hago ahí para seguir voló régimen simplificado tenido dos establecimientos

Laura Amaya

5/6/2021

Hola Stefany, un gusto saludarte, en atención a tu pregunta debes tener en cuenta que el régimen se determina no por la cantidad de los establecimientos sino por el nivel de los ingresos recibidos por la empresa que tienes activa.

Grcaias por comunicarte con nosotros.

Francy Gonzalez

1/26/2021

Buen tarde, soy comerciante de productos de mascota y me voy a trasladar a régimen común pero en el año 2020 no cumplí con el tope para ser responsable de IVA entonces en el RUT debo de poner no responsable de IVA?

Laura Amaya

3/10/2021

Hola Francy, en atención a tu pregunta, te recomendamos revisar lo que dice el parágrafo 3 del art. 437 del Estatuto Tributario con el fin de validar si deberías o no ser responsable de IVA; de igual manera te anexamos un artículo que te podrá ayudará ampliar la información.

Gracaias por comunicarte con nosotros

ANDREA ROMERO

11/9/2020

Buenas tardes Tengo una pregunta , soy régimen simplificado y no supero los topes para pasarme a responsable de iVA . Pero mis clientes si lo son y me dicen que debo cambiar mi régimen para poder seguir trabajando con nosotros . Que debo hacer ?

Laura Amaya

11/12/2020

Hola Andrea, en atención a tu pregunta, sí, debes convertirte al régimen de Tributación SIMPLE, este proceso lo haces directamente en la DIAN, para mayor información te invitamos a ingresar en el siguiente link

Gracias por comunicarte con nosotros

Dolly Gonzalez

10/17/2020

Buenas tardes,

Me pueden colaborar con esta inquietud por favor:
Que debo hacer si al liquidar una empresa en el año 2009 lo reporte a la Cámara de Comercio pero no a la DIAN, Y ahora año 2020 voy a registrar mi nuevo negocio como no responsable de IVA.
La DIAN me dice que si soy responsable de IVA.

Laura Amaya

10/22/2020

Hola Dolly, en atención a tu pregunta, debes consultar ante la DIAN, cómo liquidar una empresa que en Cámara y Comercio ya aparece liquidada; para que luego puedas hacer el trámite de tu nueva organización con el régimen que requieres.

Gracias por comunicarte con nosotros

Lizeth Perdomo

7/31/2020

Si soy no responsable de Iva pero en la información exogena del 2019 superé los topes de ventas, debo hacer hacer el cambio a responsable de iva?

Paula Garzón

8/6/2020

Hola Lizeth
Exactamente, si ver que al no ser responsable de IVA superas los montos debes realizar los cambios que la ley indica.
Gracias por tu consulta.

Claudia

7/15/2020

Cordial saludo: Estoy iniciando un emprendimiento de Comercio en Internet. Empecé a hacer las compras para mi negocio, pero no se cómo deben facturarme para llevar mis cuentas a la hora de la declaración de renta y en caso que lo requiera la DIAN. Lo deben hacer a cargo de la matrícula mercantil de la persona natural? O a la matricula mercantil del negocio?
Si compro a otra persona no responsable de IVA, al final nadie paga IVA? Por ejemplo, compro a un pequeño artesano y lo vendo por internet. Al final esos productos están libres de IVA? Cómo justifico los gastos de mi negocio si no tengo factura?

Paula Garzón

7/24/2020

Hola Claudia
Si inicias un negocio obligatoriamente debes tener un soporte, ya sea una factura o un comprobante de pago, adicionalmente que esto te va a servir para la liquidación de los diferentes impuestos por realizar una actividad comercial como lo es la venta. Debes tener en cuenta que si tus productos son exentos o exonerados, no declararás dicho impuesto.
Gracias por tu consulta.

Juan Camilo

7/13/2020

Hola buenas tardes, tengo una inquietud:
Sí una persona natural es responsable del IVA solo por ser un obligado aduanero, ¿debería crear empresa o inscribirse como comerciante?, ya que, de igual manera en ambas tendría que pagar impuesto sobre la renta e IVA, pero con la empresa puede comenzar a acreditarse más, a pesar de que se pague un poco más de impuestos. ¿Cuál sería su recomendación?
Muchas gracias.

Paula Garzón

7/15/2020

Hola Juan Camilo
Debes evaluar que es lo que esperas lograr hacia futuro, si ves que tu empresa va a crecer te sugerimos que te constituyas como empresa, esto de dara un poco más de credibilidad ante tus clientes y ganarás terreno en el ámbito comercial. Igual evalúa los pros y contras de cada uno.
Gracias por tu consulta

alfonso

7/2/2020

Soy regimen comun persona natural y llevo mas de 10 años. en estos momentoS ya no facturo casi nada y pienso mejor pasarme a regimen simplificado si es recomedable reaizar este cambio ya que los ingresos no superan lo topes

Paula Garzón

7/3/2020

Hola Alfonfo,
Si ves que este cambio tiene beneficios para ti, puedes hacer este cambio, depende más del tipo de beneficios que quieres recibir, por ejemplo en este régimen puedes hacer el pago de impuestos anualizados, mejora el flujo de caja de los contribuyentes al no estar sujetos a la retención de la fuente, exonerado en el pago de parafiscales.
En este link puedes conocer el detalle de estos beneficios
Gracias por escribirnos

Andres Zorrilla

6/29/2020

La info está desactualizada sin tener las nuevas leyes y nuevos decretos ¿verdad?

Paula Garzón

7/15/2020

Hola Andres, gracias por tus indicaciones, estamos haciendo las actualizaciones de este material y pronto estaremos subiendo la información actualizada
Gracias por escribirnos.

Wilmar Guarnizo

6/4/2020

Hola buenos días, si yo solo realizo ventas por internet sin tener un local físico para atender, cual seria la figura mejor adecuada para registrarme y así generar facturas? es decir, como debería yo registrarme para tener un NIT siendo vendedor Online vía web.

Muchas gracias por el apoyo.

Paula Garzón

6/5/2020

Hola Wilmar
Tienes que registrarte ante la DIAN, como régimen común simple o de tributación simple para de esta manera tener un RUT y también hacer el registro ante la Cámara de Comercio.
Si tienes dudas la Cámara de Comercio tiene un portal donde te guia paso a paso como crear tu empresa

jamer reyes

6/2/2020

hola..tengo una duda si una personatiene un local comercial y este paso los topes para pertecer a no responsable de iva.pasa a responsable de iva como persona natural o como persona juridica

Paula Garzón

6/5/2020

Hola Jamer
No importa el tipo de naturaleza jurídica, es mas importante si es o no responsable de IVA.
Gracias por tu consulta.

David

4/22/2020

Tengo dos preguntas le agradezco si puede colaborar primero si tengo régimen común no responsable de iva y contrato con la alcaldía de mi pueblo q descuentos me hacen. En q porcentaje

Segunda tengo una fundación me hacen los mismos descuentos

Paula Garzón

6/17/2020

Hola David
Te hacen dos descuentos, retención de IVA y de ICA y puede que retención en la fuente. El porcentaje depende de cada municipio y de cada servicio que prestes.
Gracias por tu consulta.

alexander

4/12/2020

Buen dia

En este caso que se pasaria a persona natural regimen comun declararía renta como persona natural o como persona jurídica?

Gracias.

Paula Garzón

4/21/2020

Hola Alexander.
Al cambiar de régimen pasas a ser una persona jurídica.
Muchas gracias por tu consulta

YURIS AVILA

4/10/2020

hola buenas me podrían ayudar con esta pregunta ¿Qué sucede si un comerciante no responsable de iva adiciona el Iva al precio de venta de sus productos?

Paula Garzón

4/21/2020

Hola Yuris,
Lo ideal es que el comerciante siempre reporte ese IVA, y no se convierta en un evasor dado que puede llegar a incurrir en una sanción.
Gracias por tu consulta.

Consuelo De Reyes

3/12/2020

Buenas noches, si en el primer piso de mi casa divido un apartamento y lo arriendo para que funcionen dos locales, los cuales pagan 700.000 y 400.000 respectivamente, me consideran responsable de iva cuando al tenerlos ocupados todo el año podría recibir cerca de 12 millones apenas?.
Gracias por su colaboración

Angie Castañeda

3/18/2020

Hola Consuelo, debes revisar si en tu RUT tienes cómo actividad económica el tema de arriendos para considerarte responsable de IVA.

Diego

2/26/2020

Bn dia financiera mente la mejor manera de tener mi empresa es en regimen simplificado o regimen comun ?

Paula Garzón

6/9/2020

Hola Diego,
Lo mejor en este caso es que te asesores con un contador dado que debe evaluar las características particulares de tu empresa
Gracias por tu consulta

Leo

1/16/2020

Buen día
Soy persona natural responsable de IVA que máximo de ventas puedo tener sin cambiar a régimen común ( SAS, LTDA etc) gracias

Angie Castañeda

3/18/2020

Hola Leo, para poder pertenecer al régimen común los ingresos deben ser menores a $124.625.000 para el año 2020

ciro alfonso

1/6/2020

hola, quiero constituir una empresa de cursos en salud: primeros auxilios , soporte vital y asesorías en salud estoy con la duda si hacerlo como SAS o como no responsable del IVA, realizan asesoría en bucaramanga? gracias

Mayra Alexandra Barrero Coral

1/8/2020

Hola, Ciro ?
Te recomiendo ingresar a la página web de la cámara de comercio de tu ciudad. Te dejamos este enlace por aquí.
¡Saludos!

Cristian Steven

11/20/2019

hola, soy artesano pero envió mercancía (tanto insumos y materia prima como artesanías ya terminadas) a otros países, entonces si me registro y formalizo mi negocio pertenecería al régimen común? gracias por su respuesta

Mayra Alexandra Barrero Coral

11/21/2019

Hola, Cristian ?
Al momento de formalizarte debes tener en cuenta los aspectos que caracterizan cada régimen, si en tu caso eres responsable del IVA y cumples con los demás requisitos debes pertenecer a lo que antes se conocía como régimen común. Si necesitas más asesoría sobre la formalización de tu empresa puedes agendar una asesoría virtual con la Cámara de Comercio.

Yurani Granados

11/19/2019

Buenas tardes, soy dueña una droguera que tiene tres sucursales, mi pregunta es si los medicamentos son exentos del Iva a que régimen debo pertenecer agradezco su respuesta

Mayra Alexandra Barrero Coral

11/20/2019

Hola, Yurani ?
Recuerda que para saber a que régimen perteneces es necesario revisar las características que se consignan en el artículo 437 de Estatuto Tributario. Por aquí tienes el enlace.

Fernando

10/7/2019

De que se trata para un régimen simplificado el llevar y registrar sus ventas en un libro. No basta con tener un sistema POS? o una ayuda de software? La dian que podría llegar a requerir y como se entregaria?

Brian Kozcuoğlu.

9/26/2019

Cordial saludo.

Considero que este artículo debería estar sujeto a evaluación y modificación, no refleja la situación actual acorde a la normatividad vigente para los temas mencionados; estos espacios deben proporcionar información y no confusión.

Mayra Alexandra Barrero Coral

10/3/2019

Hola; Brian.
Gracias por tu aporte a nuestro contenido. Evaluaremos el contenido y haremos las actualizaciones pertinentes.
¡Saludos!

maria

9/23/2019

hola quiero constituir una miscelanea o establecimiento de productos varios.. quisiera saber si soy contribuyente .. y si lo soy cula seria regimen comun o privado

Mayra Alexandra Barrero Coral

9/24/2019

Hola, Maria 🙂
Hay ciertas condiciones para pertenecer al régimen común, ahora denominado Responsables del IVA. Puedes consultar estas condiciones en el artículo 4 parágrafo 3 de la Ley 1943 de 2018.

Jessica

9/20/2019

Buenas tardes tengo una pregunta cuando se habla que la persona natural “No son usuarios aduaneros” a que se refiere a que no pueden realizar exportaciones o importaciones ? este seria el caso si constituyo una S.A.S?

Mayra Alexandra Barrero Coral

10/2/2019

Hola, Jessica 🙂
Efectivamente, solo los usuarios aduaneros pueden realizar exportaciones o importaciones de bienes o servicios. Al constituir una SAS es necesario evaluar tu caso en especifico, aquí puedes consultar información sobre operaciones de comercio exterior.

Claribeth Medina

9/12/2019

Buenos dias.
tengo una duda hace poco saque mi registro mercantil, soy vendedora de productos varios a las empresas trabajo de forma virtual desde mi casa, aparentemente soy regimen simplificado, pero no hay una parte en el Rut que lo indique, y bueno las ventas no son muy frecuentes y tampco de maror volumen, me preocupo por que impuestos debo pagar y si debo cobrar Iva a mis clientes

Mayra Alexandra Barrero Coral

9/13/2019

Hola Caribeth. De acuerdo con la secretaría distrital de Hacienda eres responsable del IVA solo si cumples con las siguientes condiciones:

1. Los contribuyentes que cumplen con las condiciones para ser responsables de IVA (antes Régimen Común) siendo personas naturales no cumplen con las condiciones para no ser responsables de IVA (antes Régimen Simplificado) y, sin excepción, todas las personas jurídicas.
2.Los contribuyentes que sean personas naturales sometidas al Régimen Común solo podrán acogerse al Régimen Simplificado cuando acrediten que en los tres (3) años fiscales anteriores se cumplieron, por cada año, los requisitos para pertenecer al Régimen Simplificado. (Ver articulo 5 del Acuerdo 65 de 2002).
3.A partir del primer bimestre del año gravable 2012, no estarán obligados a presentar la declaración bimestral del impuesto de industria y comercio los responsables del régimen común en los periodos en los cuales no hayan efectuado operaciones sometidas al impuesto.

Puedes consultar más información aquí: Responsables de IVA
¡Saludos!

Alex

8/22/2019

buenas tardes, Estoy empezando con una empresa de confecciones (MICROEMPRESA). estoy registrado ante la cámara de comercio como persona natural. ¿Estoy obligado a emitir factura? ¿y si no estoy obligado lo puedo hacer? o como cobraria por mis trabajos.
quedo muy atento y agradecido.

Mayra Alexandra Barrero Coral

9/16/2019

Hola Alex, si perteneces al régimen simplificado no estás obligado a facturar.En este artículo puedes informarte más sobre quienes están obligados a facturar electrónicamente.
Si quieres empezar a facturar voluntariamente también lo puedes hacer. Recuerda que en Siigo tenemos un software de facturación electrónica completamente gratis.
Puedes consultar más información aquí.

Juan

8/21/2019

Buenas Tardes, necesito importar unos elementos, soy nuevo en esto, pero de acuerdo a lo que he leído debo estar registrado en el régimen común, es esto cierto ?

Mayra Alexandra Barrero Coral

9/18/2019

Hola, Juan.
Uno de los requisitos para importar a Colombia es pertenecer al Régimen Común, por lo cual deberás registrarte en el RUT. Puedes ampliar esta información en la página del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Esperamos haberte ayudado 🙂

Diana A

8/9/2019

Buen dia, para aplicar al regimen simplificado se puede hacer inscripcion en Camara y Comercio de 2 personas para la apertura de un local comercial u obligariamente solo se puede incribir una sola persona para aplicar a este regimen?

Mayra Alexandra Barrero Coral

9/18/2019

Hola, Diana.
Te recomendamos comunicarte directamente con la Cámara de Comercio de Bogotá. Puedes hacerlo a través del chat de atención al cliente 🙂

cecilia

7/26/2019

hola buenas tardes me encanto leerlos una consulta asesora un medico es persona natural ya paso los topes de sus ingresos se debe pasar a regimen comun donde me puedo leer para aser la asesoria necesaria al dr. saludos y felicitaciones.

Mayra Alexandra Barrero Coral

9/18/2019

Hola, Cecilia.
El cambio de un régimen a otro se debe hacer actualizando el RUT. Lo puedes hacer de manera presencial o virtual. En este enlace puedes consultar más información 🙂

Angie

7/25/2019

Hola ,el año pasado declare renta porque el banco me reporto por una plata que me consignaron.para el año 2018 ya no cuento con esa plata en el banco porque tuve que gastarla .mi pregunta es tengo que declarar renta este año …mi duda es porque algunos contadores me dicen que tengo que declarar en ceros .me pueden ayudar

Mayra Alexandra Barrero Coral

9/19/2019

Hola, Angie.
Al empezar a hacer una declaración de renta creas una vinculación a seguir presentando los documentos ante la DIAN. Puedes consultar más información remitiéndote con la entidad, puedes hacerlo ingresando aquí.
Saludos 🙂

LESLIE

7/24/2019

Buenas tardes,
Tengo una pregunta, como persona natural que presta un servicio , como se puede competir al momento de presentar una oferta o cotizacion teniendo en cuenta los impuestos que tienen las personas juridicas?

Mayra Alexandra Barrero Coral

9/19/2019

Hola, Leslie 🙂
Esto depende de factores tales como la prestación del servicio que vas a realizar, a quienes y en qué términos. Puedes ampliar información sobre personas naturales no responsables del IVA en el parágrafo 3 del articulo 437 del Estatuto Tributario.

Yolanda

7/22/2019

Hola buenos días, Quiero constituir una empresa de ventas por Internet, que régimen me conviene?

Mayra Alexandra Barrero Coral

9/19/2019

Hola, Yolanda 🙂
Es necesario que verifiques si cumples con los requisitos para ser responsable del IVA (Régimen común). Puedes consultar el artículo 4 paragrafo 3 de la Ley 1943 de 2018. Recuerda estar atenta a las modificaciones luego del anuncio de la Corte Constitucional de declarar la inexequibilidad de la ley (17-09-2019)

Alejandro

7/17/2019

Hola
En absoluto el régimen común debe realizar la factura electrónica?

Mayra Alexandra Barrero Coral

9/18/2019

Hola, Alejandro.
Los obligados a facturar electrónicamente deben revisar la actividad económica inscrita en el RUT que les indica la fecha para iniciar a facturar. También puedes leer nuestro artículo sobre Obligados a facturar electrónicamente.

Laura Valentina Navarro Olaya

8/12/2019

Hola Alejandro. Para saber si estás obligado a facturar electrónicamente, debes consultar la Resolución 000020 del 26 de marzo de 2019 y conocer tu código CIIU para ver los plazos definidos en ese mismo documento.

ARGENIS YARA YARA

7/11/2019

Buenas noches, soy régimen común, con actividad económica 7490,y emito una unica factura al mes a una empresa del exterior por servicios de asesoria comercial dentro y fuera del país, puedo facturar el item por asesoría fuera del país sin iva? por favor orienteme tengo muchos vacios al respecto, gracias

Laura Valentina Navarro Olaya

7/12/2019

Hola Argenis. Gracias por leernos. Te cuento que con la Ley de Financiamiento emitida en Diciembre de 2018 hubo algunos cambios en torno al régimen común y simplificado; el más importante que compete en este caso es que ahora se entienden como “régimen de responsabilidad del impuesto sobre las ventas”, eliminando todas las referencias a los regímenes simplificado y común, esto de acuerdo con el artículo 17 de dicha Ley. En tu caso debes consultar el parágrafo 3 del artículo 4 de la Ley de Financiamiento para que veas los requisitos establecidos para no ser responsable de este impuesto, o dicho en otras palabras, para no pertenecer al Régimen de responsabilidad del impuesto sobre las ventas. Aquí te dejo el enlace para que consultes el documento completo: Ley de Financiamiento

Mariluz Nieto

7/6/2019

Hola soy una empresa de Régimen Simplificado pero mis consignación ya pasaron los topes para pertenecer a este, debo cambiarme a Régimen Común pero tengo un inconveniente todas mis compras las realizo a personas del régimen simplificando entonces se me dificulta pagar el iva ya que no tengo un descuento y mis cliente no asumirían ese incremento entonces mi negocio ya no sería viable que puedo hacer.
Gracias

Laura Valentina Navarro Olaya

7/12/2019

Hola Mariluz. Gracias por leernos. Te cuento que con la Ley de Financiamiento emitida en Diciembre de 2018 se eliminaron todas las referencias a los regímenes simplificado y común, ahora se entienden como “régimen de responsabilidad del impuesto sobre las ventas” de acuerdo con el artículo 17 de dicha Ley. Lo que necesitas saber ahora es si haces parte o no de este régimen; para ello debes consultar el parágrafo 3 del artículo 4 de la Ley de Financiamiento donde se establece en qué casos no eres responsable de IVA, es decir, en qué casos no perteneces al Régimen de responsabilidad del impuesto sobre las ventas, en caso contrario a estos requisitos, pertenecerás a dicho Régimen. Aquí te dejo el enlace para que consultes el documento completo: Ley de Financiamiento

Jonathan salgado

7/4/2019

Hola quiero constituir una empresa de importaciones
No se cual seria mejor si regimen simplificado o regimen comun gracias

Laura Valentina Navarro Olaya

7/12/2019

Hola Jonathan. Gracias por leernos. Te cuento que con la Ley de Financiamiento emitida en Diciembre de 2018 se eliminaron todas las referencias a los regímenes simplificado y común, ahora se entienden como “régimen de responsabilidad del impuesto sobre las ventas” de acuerdo con el artículo 17 de dicha Ley. Lo que necesitas saber ahora es si harías parte o no de este régimen; para ello debes consultar el parágrafo 3 del artículo 4 de la Ley de Financiamiento con los requisitos establecidos para no ser responsable de este impuesto, o dicho en otras palabras, para no pertenecer al Régimen de responsabilidad del impuesto sobre las ventas, en caso contrario a estos requisitos harás parte de dicho Régimen. Aquí te dejo el enlace para que consultes el documento completo: Ley de Financiamiento

Leidy perez

7/2/2019

Hola…tengo un negocio de expendio de carnes, pero me gustaria saber que regimen me conviene mas? Para cual aplico??por que he leido y los productos que vendo como carnes no tienen iva, pero otros si, como los embutidos…entoces si unos productos tienen iva y otros no como seria el regimen?

Laura Valentina Navarro Olaya

7/12/2019

Hola Leidy. Gracias por leernos. Te cuento que con la Ley de Financiamiento emitida en Diciembre de 2018 hubo algunos cambios en torno al régimen común y simplificado; el más importante que compete en este caso es que ahora se entienden como “régimen de responsabilidad del impuesto sobre las ventas”, eliminando todas las referencias a los regímenes simplificado y común, esto de acuerdo con el artículo 17 de dicha Ley. Puedes consultar el parágrafo 3 del artículo 4 de la Ley de Financiamiento para que veas los requisitos establecidos para no ser responsable de este impuesto, o dicho en otras palabras, para no pertenecer al Régimen de responsabilidad del impuesto sobre las ventas, en caso contrario a estos requisitos, serás responsable del impuesto sobre las ventas. Aquí te dejo el enlace para que consultes el documento completo: Ley de Financiamiento

Oneida

6/18/2019

Hola Buenas tardes.

Una pregunta, cuantos empleados puede tener un régimen simplificado

Laura Valentina Navarro Olaya

7/12/2019

Hola Oneida. Con la Ley de Financiamiento emitida en Diciembre de 2018 se eliminaron todas las referencias a los regímenes simplificado y común, ahora se entienden como “régimen de responsabilidad del impuesto sobre las ventas” de acuerdo con el artículo 17 de dicha Ley; por lo tanto, es necesario que revises este documento para que conozcas a profundidad todos los detalles al respecto, a continuación te dejo el enlace: Ley de Financiamiento

Santiago

6/2/2019

Hola,
Tengo un establecimiento comercial de ventas de comidas rápidas. Nos caracterizamos por manejar una excelente calidad y precio muy accesible al cliente. Tengo proyectado hacer una expansión de la marca. Tengo entendido que al abrir otro establecimiento comercial me pasaría automáticamente al régimen común, cuál es la mejor forma para llevar el proyecto sin que los impuestos me absorban y que impuestos tendría que pagar a la Dian en ese caso? Tengo entendí que el ipoconsumo , no tengo claro lo del iva y que más aparte?

Laura Valentina Navarro Olaya

7/15/2019

Hola Santiago, gracias por leernos. Con la Ley de Financiamiento emitida en Diciembre de 2018 se eliminaron todas las referencias a los regímenes simplificado y común, ahora se entienden como “régimen de responsabilidad del impuesto sobre las ventas” de acuerdo con el artículo 17 de dicha Ley. Para saber si haces parte o no de este régimen debes consultar el parágrafo 3 del artículo 4 de la Ley de Financiamiento donde se establece en qué casos no eres responsable de IVA, es decir, en qué casos no perteneces al Régimen de responsabilidad del impuesto sobre las ventas, en caso contrario a estos requisitos, pertenecerás a dicho Régimen. Aquí te dejo el enlace para que consultes el documento completo: Ley de Financiamiento . Por otro lado, para saber si debes declarar impoconsumo, te recomiendo consultar los productos y servicios gravados con este impuesto en el artículo 512 del Estatuto Tributario.

Fernan Giovanny

5/29/2019

Hola soy consultor y alquilo una oficina por horas, acabo de comenzar mi gestion, no soy declarante y requiero saber a que tipo de regimen pertenezco y si debo facturar o solo con una cuenta de cobro basta.
Estoy constituido con RUT

Mayra Alexandra Barrero Coral

9/18/2019

Hola, Fernan.
Puedes revisar si cumples con los requisitos para los responsables del IVA (Régimen común) estipulados en la Ley 1943 de 2018 (Ley de Financiamiento). Consulta estos requisitos en el artículo 4 parágrafo 3 🙂
Te recomendamos que estés atento a los nuevos cambios que se darán luego del mensaje emitido hoy por el gobierno sobre la caída de la Ley de financiamiento.

Eduardo

5/23/2019

Buenas.
Soy persona juridica sas y me gustaria cambiarme a regimen simolificado, puedo hacerlo y como lo haria?

Laura Valentina Navarro Olaya

5/28/2019

Hola Eduardo. Para ello es necesario que consultes las condiciones para pertenecer al Régimen Simplificado, establecidas en el artículo 499 del Estatuto Tributario. Una vez compruebes que cumples con estos requisitos te recomiendo comunicarte directamente con la DIAN o reservar una cita para realizar el trámite del cambio a este régimen en el siguiente enlace:
Agendamiento de citas

Paola Carrillo

5/22/2019

Buenas tardes. Yo soy una persona natural cuya actividad comercial principal corresponde al régimen simplificado (soy médico), adicionalmente heredé unos establecimientos comerciales que me obligaron a registrar en el RUT una segunda actividad comercial relacionada con esos locales (3). Pago impoconsumo por los establecimientos de comercio, pero adicionalmente paso facturas por mis contratos de prestacion de servicios como médico, actividad que no tiene IVA. Siempre me ponen problema en las instituciones porque aparezco como régimen comun pero no declaro IVA por la actividad principal.

Puedo continuar así o debo hacer algun cambio en el RUT?

Laura Valentina Navarro Olaya

5/28/2019

Hola Paola. Te recomiendo que actualices el RUT para evitar que se presenten de nuevo esos inconvenientes. Ese trámite lo puedes hacer de manera online en el siguiente enlace: Actualización de RUT

Germab

5/18/2019

Buen día ,por el momento soy del Regime. Simplificado me dedicó al campo pero tengo consignaciones bancarias por más de 180 millónes al es debo pasar al regimen comun ? El producto q vendo està excepto de iva y de ipoconsumo ,,q debo hacer

Laura Valentina Navarro Olaya

5/28/2019

Hola German. Las personas naturales solo son parte del régimen común si no cumplen con uno o más requisitos para pertenecer al régimen simplificado; por lo tanto, te recomiendo leer el artículo 499 del Estatuto Tributario donde se determinan las condiciones para hacer parte de este régimen. Si luego de hacer esto te das cuenta que eres régimen común debes actualizar tu RUT, puedes hacerlo en este enlace: Actualizar RUT. Saludos 🙂

Ana c

5/15/2019

buen día si una persona natural pone en arriendo dos apartamento para vivienda a otra persona natural, como funciona el IVA o que otras obligaciones tributarias debería tener en cuenta y aun mas si se encuentra en el exterior.

Mayra Alexandra Barrero Coral

9/19/2019

Hola, Ana C.
Puedes ampliar esta información consultando la página de la DIAN aquí 🙂

Pat

4/30/2019

Gracias Adriana, muy puntual tu información 🙂

Laura Valentina Navarro Olaya

5/3/2019

Hola Pat. Nos alegra que te haya servido. Saludos 🙂

asdf fff

4/24/2019

me sirvió muchito

Juan Esteban Rodriguez Peña

4/24/2019

Buena tarde

Nos alegra mucho que te haya servido para tu propósito de búsqueda.

Saludos 😉

Catalina

4/13/2019

Hola, soy profesional de la salud y hace 9 años estoy en régimen común, y cumplo con las características de régimen simplificado, quiero cambiar de común a simplificado, cómo puedo hacerlo ? Gracias

Laura Valentina Navarro Olaya

5/28/2019

Hola Catalina. En ese caso debes realizar la actualización del RUT en la DIAN; puedes hacer este trámite en el siguiente enlace: Actualizar RUT