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EMPRESARIO| 5 MINUTOS DE LECTURA
Cuando compramos un producto o recibimos un servicio, el pago que entregamos a cambio incluye un tributo, el cual aporta buena parte de los recursos que el Estado necesita para sostenerse. Al ser un impuesto que está presente en las transacciones de nuestro día a día como consumidores, es fundamental tener claro qué es el IVA en Colombia, cómo se calcula su tarifa y cuáles son los bienes que están exentos de pagarlo.
El Impuesto al Valor Agregado es una tarifa que se le suma al valor bruto de un bien o servicio. Cuando hablamos de valor bruto, nos referimos al precio que el productor le ha puesto a aquello que ofrece; dicho precio debe cubrir los costos de producción y generarle alguna ganancia que le permita sostener su negocio.
Es preciso anotar que el IVA se aplica en todos los momentos del ciclo económico, tales como la producción, distribución, comercialización e importación.
El IVA es considerado un impuesto de naturaleza indirecta, porque se paga en el momento de las transacciones comerciales; los empresarios son los intermediarios que posteriormente entregan el IVA recaudado a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), entidad que se ocupa de administrar los tributos en Colombia.
Esta recaudación llega a los ingresos corrientes del Estado, dinero que en gran parte es invertido en proyectos de bienestar social, infraestructura, salud, educación, alimentación, servicios públicos, vivienda y, en general, en satisfacer las necesidades primarias de la población.
En Colombia, los responsables de pagar el IVA son principalmente las personas naturales y jurídicas que realicen actividades gravadas, como la venta de bienes y servicios, la importación de productos y la prestación de servicios en el país. Esto incluye a empresas y comerciantes, importadores, prestadores de servicios y contribuyentes pertenecientes al Régimen Común o al Régimen Simplificado.
Existen algunas actividades y contribuyentes excluidos o exentos, por lo que es importante revisar si se aplica alguna de estas condiciones según el caso particular.
En términos generales, existen cuatro tipos de bienes y servicios gravados con el Impuesto al Valor Agregado:
Para los consumidores, el IVA representa un incremento en el precio de los bienes y servicios que adquieren; en cambio, para las empresas implica una responsabilidad administrativa clave: deben facturar con IVA, recaudarlo y luego presentarlo y pagarlo ante la DIAN. Esto requiere llevar un control riguroso de sus ventas, compras y demás operaciones, siendo fundamental contar con herramientas de facturación electrónica y de gestión contable que faciliten su control y presentación adecuada.
La Reforma Tributaria o Ley 1819 de 2016 estipuló que desde el 1 de enero de 2017 el IVA en Colombia cambiaría del 16 % al 19 %. Esta modificación fue objeto de controversia y numerosos debates académicos y políticos, pues para algunos el aumento fue exagerado, pero otros lo consideraron necesario para cubrir las necesidades del Estado.
Si bien la tarifa general del IVA es del 19 %, la ley también ha definido una tarifa diferencial del 5 %, que se aplica sobre ciertos servicios y algunos alimentos de la canasta familiar.
Bienes con tarifa del 5% |
Servicios con tarifa del 5% |
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Al momento de realizar una transacción comercial, lo indicado es que el contribuyente reciba por parte de quien le entregó el bien o servicio una factura donde se detalle el valor de IVA que fue aplicado. Pero puede haber alguna excepción en la cual no se ha discriminado el monto del impuesto y necesitemos conocer ese dato, o simplemente deseemos comprobar que la tarifa se calculó correctamente.
En estas circunstancias, la operación a realizar es la siguiente:
Se debe averiguar cuál es el valor sin IVA del producto o servicio; vamos a suponer que realizamos una transacción comercial con un valor total de $100.000 y un IVA del 19 %; el monto sin IVA se obtiene al dividir el valor total entre 1,19.
$100.000/1,19 = $84.034 (valor sin IVA de la transacción comercial)
El valor sin IVA lo multiplicamos por la tarifa del IVA:
$84.034 x 19 % = $15.966 (valor del IVA)
También es común que esta operación se realice con la tarifa del IVA expresada en decimales:
$84.034 x 0.19 = $15.966
Al sumar el valor sin IVA más el IVA, comprobamos que la operación está correcta, pues el resultado equivale al total que pagamos por la transacción comercial:
$84.034 + $15.966 = $100.000
Pagar el IVA correctamente implica seguir un proceso ordenado que garantice el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante las autoridades tributarias y evite sanciones. Aquí te presentamos una guía paso a paso para hacerlo:
Los bienes y servicios que están exentos del IVA han sido cobijados con este beneficio al considerarse que resultan básicos para garantizar el bienestar de la población, especialmente de los menos favorecidos. Es por ello que la exención se aplica especialmente sobre la canasta familiar, la agricultura y servicios como la educación.
A continuación, conozcamos más detalladamente los productos y servicios exentos del IVA en Colombia:
La evasión en el pago del IVA se produce cuando un consumidor compra mercancía de contrabando o comercia con productos que no han pasado por los controles aduaneros. En los casos más graves, este delito se castiga con pena privativa de la libertad. Además de evitar la evasión, los consumidores deben ser conscientes de exigir la factura en cada transacción comercial y percatarse de que el impuesto está siendo aplicado correctamente.
Por otro lado, los encargados de los establecimientos que no cobran el IVA, estando obligados a hacerlo, incurren en una pena de 48 a 108 meses de prisión y deben pagar una multa equivalente al doble del dinero no consignado. Esto según el artículo 402 del Código Penal, modificado por el artículo 339 de la Ley 1819 de 2016.
Esta sanción también se impone a quienes cobren el IVA y no consignen a la DIAN las sumas recaudadas dentro de los dos meses siguientes a la fecha fijada por el gobierno nacional. Sin embargo, la ley colombiana también contempla que, si el responsable se retracta y paga, no tendrá que enfrentar un proceso penal o, de haber sido iniciado, este se puede detener sin ningún tipo de perjuicio.
¿Te gustó este texto y quieres saber un poco más sobre el tema? ¡Entonces no dejes de consultar nuestro artículo especial sobre impuestos sobre las ventas!
Escrito por Adriana Carolina Leal
Soy Periodista de la Universidad del Rosario. Tengo experiencia en redacción para medios impresos, digitales y televisivos. Me apasiona el tango, la investigación y la realización audiovisual. Soy una Blogger dedicada a mejorar la vida de contadores, empresarios y estudiantes, escribiendo sobre los temas más actuales que les pueden interesar.
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