De repente un día te levantas y te das cuenta que olvidaste declarar y pagar tu obligación tributaria; – ¡Y ahora qué! Te preguntas preocupado porque no sabes qué va a pasar ni cuánto tendrás que pagar de más.
La buena noticia es que en este artículo te contamos todo lo que debes saber sobre la sanción de extemporaneidad. Toma nota que seguro te interesa
La sanción por extemporaneidad es una penalidad que se aplica a los contribuyentes que presentan sus declaraciones tributarias fuera de los plazos establecidos por la DIAN. Este tipo de sanción tiene como objetivo incentivar el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias y evitar la evasión fiscal; calculándose de acuerdo con los artículos 641 y 642 del Estatuto Tributario y depende de si la declaración se presenta antes o después del emplazamiento para declarar.
El emplazamiento para declarar es el acto administrativo mediante el cual la DIAN solicita al contribuyente que presente la declaración tributaria que omitió o que corrija la que presentó con errores.
Te contamos cómo funcionan las sanciones por extemporaneidad y cuáles son sus tasas a cubrir.
Existen algunas declaraciones tributarias que tienen un tratamiento especial en materia de sanción por extemporaneidad, como la declaración de activos en el exterior, la declaración del monotributo y la declaración del GMF. Estas declaraciones tienen unas tarifas específicas para calcular la sanción por extemporaneidad, que pueden ser consultadas en los artículos 607-2, 616-1 y 621-2 del Estatuto Tributario, respectivamente.
Además, hay que tener en cuenta que la reforma tributaria de 2022 estableció unos beneficios para los contribuyentes que presenten sus declaraciones tributarias antes del 31 de mayo de 2023. Estos beneficios consisten en una reducción del 60% tanto en la sanción por extemporaneidad como en la tasa de interés moratorio.
A continuación te presentamos algunos ejemplos para ilustrar el cálculo de la sanción por extemporaneidad:
Sanción = $10.000.000 x 5% x 2 meses = $1.000.000
Como la sanción es superior a la mínima ($424.000), se debe pagar el valor calculado.
Sanción = $50.000.000 x 1% x 3 meses = $1.500.000
Como la sanción es superior a la mínima ($848.000), se debe pagar el valor calculado.
Sanción = $100.000.000 x 1.5% x 1 mes = $1.500.000
Como la sanción es superior a la mínima ($424.000), se debe pagar el valor calculado.
Espero que este artículo te haya sido útil para entender y aplicar las sanciones por extemporaneidad si es que has incumplido con tus obligaciones tributarias. Recuerda que Siigo tiene las mejores soluciones para gestionar tu negocio, contabilidad y cumplir con los requisitos de ley.
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