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Guía del Régimen Simple de Tributación: beneficios y requisitos

Régimen Simple de Tributación.

¿Te preocupa no cumplir con tus obligaciones tributarias? En este artículo te presentamos una práctica guía sobre el Régimen Simple de Tributación y cómo este es una gran opción para alinear tu negocio con los impuestos y cumplir con las obligaciones de ley. Quédate y descúbrelo.

¿Qué es el Régimen Simple de Tributación?

El Régimen Simple de Tributación (RST) es un sistema opcional de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) que simplifica el pago de impuestos para personas naturales y jurídicas, unificando varios tributos en uno solo.

Permite declarar y pagar en un solo formulario el Impuesto de Renta, el ICA (Impuesto de Industria y Comercio) y, en algunos casos, el Impuesto al Consumo. Funciona con tarifas más simples según los ingresos del negocio, con una declaración anual y anticipos bimestrales electrónicos.

Por ejemplo, si eres un emprendedor con varios puntos de venta en diferentes ciudades, en lugar de declarar renta e ICA por separado en cada municipio, puedes hacerlo todo en un solo sistema ante la DIAN, con pagos bimestrales y una única declaración anual.

¿Cuáles son los beneficios reales del Régimen Simple de Tributación?

1. ¿Mejora el flujo de caja?

Sí. El RST simplifica los pagos y unifica tributos en una sola tarifa, que suele estar entre el 1,2 % y el 14,5 % según los ingresos y la actividad. Esto permite tener mayor previsibilidad sobre los pagos, facilitar la planeación financiera y reducir la presión sobre la caja, especialmente en negocios con ingresos variables.

2. ¿Hay beneficios en IVA para pequeños negocios?

Sí, en algunos casos. Ciertos negocios, como tiendas pequeñas, minimercados o peluquerías, cuando desarrollan únicamente esa actividad, pueden no ser responsables del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Esto simplifica la operación, ya que no deben facturar ni declarar este impuesto, lo que reduce cargas administrativas y facilita el cumplimiento tributario.

3. ¿Permite pagar menos impuestos?

Puede ayudar a optimizar la carga tributaria. Al unificar varios impuestos en una sola tarifa. Además, reduce trámites, lo que también representa un ahorro en tiempo y costos operativos.

4. ¿Es más fácil inscribirse y cumplir?

Sí. Los contribuyentes pueden inscribirse en el RUT y obtener su mecanismo de firma electrónica gratis. Además, todo el proceso de declaración y pago se realiza a través de medios electrónicos.

5. ¿Reduce costos de contratación?

Algunos contribuyentes pueden estar exonerados del pago de parafiscales (SENA e ICBF) y salud, conforme al artículo 114-1 del Estatuto Tributario, lo que puede disminuir los costos laborales y facilitar la contratación formal.

6. ¿Qué descuentos o beneficios adicionales tiene?

El Régimen Simple de Tributación permite aplicar algunos descuentos que reducen el valor a pagar. Por ejemplo, se puede descontar el 0,5 % de los ingresos recibidos por medios electrónicos como tarjetas. Además, es posible descontar el Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) pagado durante el año. Estos beneficios ayudan a optimizar la carga tributaria y fomentar el uso de pagos electrónicos.

Conoce cómo quedó la tabla de Retención en la Fuente 2026.

¿Quiénes pueden inscribirse en el Régimen Simple de Tributación?

Quién puede aplicar

  • Toda persona natural que tenga empresa o que ejerza una profesión liberal.
  • Personas jurídicas (sociedades) cuyos accionistas sean personas naturales residentes en Colombia.

Condiciones clave

  • Ingresos brutos inferiores a 100.000 UVT en el año gravable anterior ($5.237.400.000 para 2026 y $4.979.900.000 en 2025).
  • Profesiones liberales con ingresos hasta 12.000 UVT.
  • Uso obligatorio de facturación electrónica (puedes utilizar el sistema de facturación electrónica gratuito de la DIAN o implementar uno con un proveedor autorizado).

¿Qué tarifas tiene el Régimen Simple según tu actividad?

Las tarifas del RST dependen de la actividad económica y del nivel de ingresos brutos anuales. Son progresivas, oscilan entre el 1,2 % y el 14,5 %.

Grupo 1

Aplica para negocios como tiendas, minimercados, peluquerías y actividades comerciales directas al consumidor final, que suelen manejar altos volúmenes y márgenes más ajustados.

Ingresos brutos anuales
Igual o superior a

(UVT)

Inferior a

(UVT)

Tarifa Simple
Consolidada
0 6.000 1.2%
6.000 15.000 2.8%
15.000 30.000 4.4%
30.000 100.000 5.6%

Grupo 2

Incluye tanto actividades comerciales al por mayor como al detal, así como servicios técnicos, mecánicos y otros similares, que se caracterizan por tener un mayor volumen de operación y una estructura empresarial más robusta.

Ingresos brutos anuales
Igual o superior a

(UVT)

Inferior a

(UVT)

Tarifa Simple
Consolidada
0 6.000 1.6%
6.000 15.000 2.0%
15.000 30.000 3.5%
30.000 100.000 4.5%

Grupo 3 – SIC

Corresponde a servicios profesionales, de consultoría y científicos, donde el conocimiento especializado es el principal activo.

Ingresos brutos anuales
Igual o superior a

(UVT)

Inferior a

(UVT)

Tarifa Simple
Consolidada
0 6.000 5.9%
6.000 15.000 7.3%
15.000 30.000 12%
30.000 100.000 14.5%

Grupo 3

Incluye actividades de expendio de comidas y bebidas, y actividades de transporte, con alta rotación y operación constante.

Ingresos brutos anuales
Igual o superior a

(UVT)

Inferior a

(UVT)

Tarifa Simple
Consolidada
0 6.000 3.1%
6.000 15.000 3.4%
15.000 30.000 4.0%
30.000 100.000 4.5%

Grupo 6

Aplica para actividades de reciclaje, recuperación de materiales y recolección de desechos.

Ingresos brutos anuales
Igual o superior a

(UVT)

Inferior a

(UVT)

Tarifa Simple
Consolidada
o 100.000 1.62%

¿Cómo inscribirse al Régimen Simple?

Inscribirse al RST es muy sencillo y lo puedes hacer en un 2×3; solo sigue los pasos.

  1. Ingresa a dian.gov.co o a la app DIAN y asegúrate de que tu RUT esté activo. Si aún no lo tienes, ¡es hora de crearlo! Si ya cuentas con uno, verifica que tu actividad económica esté al día.
  2. Inicia sesión en el Portal Transaccional con tu usuario. Busca la opción “Inscripción al Régimen Simple (RST)” y sigue los pasos indicados. El sistema validará automáticamente si cumples con los requisitos de actividad económica e ingresos.
  3. Activa la facturación electrónica. Una vez inscrito, tendrás un plazo de hasta 2 meses para implementarla. Puedes optar por el sistema gratuito de la DIAN o elegir un proveedor tecnológico autorizado.
  4. Cumple con tus obligaciones. Consulta el calendario tributario según el último dígito de tu NIT. Asegúrate de declarar y pagar los anticipos bimestrales del RST a través de los servicios en línea de la DIAN, de acuerdo con tus ingresos.

Descubre cuál es el código de responsabilidades RUT y asegura el cumplimiento normativo de tu negocio.

Régimen Simple o Régimen Ordinario: ¿cuál conviene?

Antes de elegir entre el Régimen Simple y el Régimen Ordinario, es clave entender sus diferencias en aspectos más destacados. Esta tabla comparativa te ayuda a identificar cuál se adapta mejor a tu tipo de negocio, nivel de ingresos y capacidad administrativa.

Aspecto Régimen Simple (RST) Régimen Ordinario
Impuestos Unificados: Renta, ICA e Impuesto al Consumo en un solo pago. Individuales: Renta, IVA e ICA se gestionan por separado.
Periodicidad Bimestral: anticipos fijos + una declaración anual. Variable: según el impuesto (mensual, bimestral o anual).
Tarifas Progresivas: del 1,2 % al 14,5 % según actividad. Elevadas: hasta 39 % (personas naturales) y 35 % (jurídicas).
Base de cálculo Ingresos brutos: pagas sobre lo que facturas. Utilidad (ingresos – costos y gastos)
Retenciones Exento: no practican Retención en la Fuente. Sujeto: se descuenta dinero en cada venta/pago.
Complejidad Baja: Un solo formulario electrónico. Alta: múltiples formularios y fechas en el Calendario Tributario.

¡Llegaste al final! Esperamos que este artículo te haya sido útil y puedas optimizar tu forma de cumplir con tus obligaciones tributarias. Te invitamos a visitar nuestro sitio web para que descubras cómo, con el Software de Gestión Empresarial Siigo Nube, el pago de tus impuestos es mucho más sencillo. ¡Está imperdible! Síguenos en nuestras redes y suscríbete gratis a nuestro blog.

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