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En este artículo te presentamos las tarifas y bases para que efectúes tu retención de la mejor manera. Presta atención y toma nota para que no dejes escapar ningún detalle.
Es un mecanismo de recaudo anticipado de impuestos. A través de este, el Estado cobra una parte del tributo en el momento en que ocurre un pago, en lugar de esperar a la declaración anual.
Estas retenciones se basan en tasas, bases y conceptos específicos que guían su aplicación. La retención en la fuente es una estrategia que el país decretó mediante el artículo 367 del Estatuto Tributario.
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A continuación, te presentamos la tabla para este 2025, con las modificaciones que introdujo el Decreto 0572.
Conceptos de retención | Base mínima en UVT | Base mínima en pesos | Tarifa de retención |
---|---|---|---|
Compras generales (declarantes) | 10 | $498.000 | 2,50% |
Compras generales (no declarantes) | 10 | $498.000 | 3,50% |
Compras con tarjeta débito o crédito | 0 | $0 | 1,50% |
Compras de bienes o productos agrícolas o pecuarios sin procesamiento industrial | 70 | $3.486.000 | 1,50% |
Compras de bienes o productos agrícolas o pecuarios con procesamiento industrial (declarantes) | 10 | $498.000 |
2,50% |
Compras de bienes o productos agrícolas o pecuarios con procesamiento industrial declarantes (no declarantes) | 10 | $498.000 | 3,50% |
Compras de café pergamino o cereza | 70 | $3.486.000 | 0,50% |
Compras de combustibles derivados del petróleo | 0 | $0 | 0,10% |
Enajenación de activos fijos de personas naturales (notarías y tránsito son agentes retenedores) | 0 | $0 | 1% |
Compras de vehículos | 0 | $0 | 1% |
Compras de bienes raíces cuya destinación y uso sea vivienda de habitación (por las primeras 10.000 UVT). | 0 | $0 | 1% |
Compras de bienes raíces cuya destinación y uso sea vivienda de habitación (exceso de las primeras 10.000 UVT). | 10.000 | $497.990.000 | 2,50% |
Compras de bienes raíces cuya destinación y uso sea distinto a vivienda de habitación. | 0 | $0 | 2,50% |
Servicios generales (declarantes) | 2 | $100.000 | 4% |
Servicios generales (no declarantes) | 2 | $100.000 | 6% |
Por emolumentos eclesiásticos (declarantes) | 10 | $498.000 | 4% |
Por emolumentos eclesiásticos (no declarantes) | 10 | $498.000 | 3,50% |
Servicios de transporte de carga | 2 | $100.000 | 1% |
Servicios de transporte nacional de pasajeros por vía terrestre (declarantes) | 10 | $498.000 | 3,50% |
Servicios de transporte nacional de pasajeros por vía terrestre (no declarantes) | 10 | $498.000 | 3,50% |
Servicios de transporte nacional de pasajeros por vía aérea o marítima | 2 | $100.000 | 1% |
Servicios prestados por empresas de servicios temporales (sobre AIU) | 2 | $100.000 | 1% |
Servicios prestados por empresas de vigilancia y aseo (sobre AIU) | 2 | $100.000 | 2% |
Servicios integrales de salud prestados por IPS | 2 | $100.000 | 2% |
Servicios de hoteles y restaurantes (declarantes) | 2 | $100.000 | 3,50% |
Servicios de hoteles y restaurantes (no declarantes) | 2 | $100.000 | 3,50% |
Arrendamiento de bienes muebles | 0 | $0 | 4% |
Arrendamiento de bienes inmuebles (declarantes) | 10 | $498.000 | 3,50% |
Arrendamiento de bienes inmuebles (no declarantes) | 10 | $498.000 | 3,50% |
Otros ingresos tributarios (declarantes) | 10 | $498.000 | 2,50% |
Otros ingresos tributarios (no declarantes) | 10 | $498.000 | 3,50% |
Honorarios y comisiones (personas jurídicas) | 0 | $0 | 11% |
Honorarios y comisiones pagados a personas naturales que suscriban contratos por más de 3.300 UVT o que la sumatoria de los pagos o abonos en cuenta durante el año gravable superen 3.300 UVT ($119.816.000) | 0 | $0 | 11% |
Honorarios y comisiones (no declarantes) | 0 | $0 | 10% |
Servicios de licenciamiento o derecho de uso de software | 0 | $0 | 3,50% |
Intereses o rendimientos financieros | 0 | $0 | 7% |
Rendimientos financieros provenientes de títulos de renta fija | 0 | $0 | 4% |
Loterías, rifas, apuestas y similares | 48 | $2.390.000 | 20% |
Retención en colocación independiente de juegos de suerte y azar | 5 | $249.000 | 3% |
Contratos de construcción y urbanización | 10 | $498.000 | 2% |
Retención en la fuente por IVA en servicios | 2 | $100.000 | 15% |
Retención en la fuente por IVA en compras | 10 | $498.000 | 15% |
RETENCIÓN POR PAGOS AL EXTERIOR | Base mínima en UVT | Base mínima en pesos | Tarifa de retención |
---|---|---|---|
Pagos o abonos en cuenta por concepto de intereses, comisiones, honorarios, regalías, arrendamientos, compensaciones por servicios personales o explotación de toda especie de propiedad industrial o del know-how, prestación de servicios, beneficios o regalías provenientes de la propiedad literaria, artística y científica, explotación de películas cinematográficas y explotación de software. | 0 | $0 | 20% |
Pagos o abonos en cuenta por concepto de consultorías, servicios técnicos y de asistencia técnica, prestados por personas no residentes o no domiciliadas en Colombia. | 0 | $0 | 20% |
Pagos o abonos en cuenta por concepto de rendimientos financieros, realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el país, originados en créditos obtenidos en el exterior por término igual o superior a un (1) año o por concepto de intereses o costos financieros del canon de arrendamiento originados en contratos de leasing que se celebre directamente o a través de compañías de leasing con empresas extranjeras sin domicilio en Colombia. | 0 | $0 | 15% |
Pagos o abonos en cuenta, originados en contratos de leasing sobre naves, helicópteros y/o aerodinos, así como sus partes, que se celebren directamente o a través de compañías de leasing con empresas extranjeras sin domicilio en Colombia. | 0 | $0 | 1% |
Pagos o abonos en cuenta por concepto de rendimientos financieros o intereses, realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el país, originados en créditos o valores de contenido crediticio, por término igual o superior a ocho (8) años, destinados a la financiación de proyectos de infraestructura bajo el esquema de Asociaciones Público-Privadas en el marco de la Ley 1508 de 2012. | 0 | $0 | 5% |
Pagos o abonos en cuenta por concepto de prima cedida por reaseguros realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el país. | 0 | $0 | 1% |
Pagos o abono en cuenta por concepto de administración o dirección de que trata el artículo 124 del Estatuto Tributario, realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el país. | 0 | $0 | 33% |
La Reforma Tributaria, expedida en 2022 y vigente desde 2023, estableció, entre otras cosas, que la retención ahora no solo aplica a los empleados, sino también a los proveedores que generen cuentas de cobro. Esta obligación no recae sobre aquellos proveedores que no emiten factura electrónica.
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El decreto ajusta las bases mínimas para la retención, así como las tarifas de autorretención, y modifica los umbrales mínimos para la Retención en la Fuente en sectores como agricultura, hidrocarburos, transporte y comercio. El transporte intermunicipal de pasajeros, por ejemplo, verá un aumento en la autorretención del 1,1 % al 3,5 %, mientras que la extracción de oro y otros metales preciosos quedó con una retención del 2,5 %, frente al 1 % anterior.
Estos cambios, que empiezan a regir desde el 1 de junio de 2025, impactan a todos los contribuyentes que desarrollen actividades gravadas con este gravamen, incluyendo personas jurídicas, sociedades, empresas estatales y mixtas, y aquellos clasificados como autorretenedores por la DIAN.
Autorretención | Nuevas tarifas que van del 0,4% al 4,5%, dependiendo de la actividad económica |
---|---|
Cuantías mínimas | Se aplicarán a pagos que superen las 2 UVT, en lugar de las 4 UVT. |
Retención en sectores específicos | Algunos de los sectores estratégicos más afectados son los servicios profesionales, compra de bienes (generales) y de inmueble para vivienda. |
Las deducciones de Retención en la Fuente para estos contribuyentes dependen de varios factores, como el monto del pago, la calidad de declarante o no declarante de renta y la aplicación o no de la tabla de asalariados del artículo 383 del Estatuto Tributario.
A continuación, te presentamos algunas de las deducciones de Retención en la Fuente para independientes y/o proveedores no obligados a facturar electrónicamente en Colombia para 2023:
Conceptos de retención | Base mínima en UVT | Base mínima en pesos | Tarifa de retención |
---|---|---|---|
Compras generales (declarantes) | 27 | $1.271.000 | 2,50% |
Compras generales (no declarantes) | 27 | $1.271.000 | 3,50% |
Compras con tarjeta de crédito o débito | 0 | 0% | 1,50% |
Compras de bienes o productos agrícolas o pecuarios sin procesamiento industria | 92 | $4.330.000 | 1,50% |
Compras de bienes o productos agrícolas o pecuarios con procesamiento industrial (declarantes) | 27 | $1.271.000 | 2,50% |
Compras de bienes o productos agrícolas o pecuarios con procesamiento industrial declarantes (no declarantes) | 27 | $1.271.000 | 3,50% |
Compras de café pergamino o cereza | 160 | $7.530.000 | 0,50% |
Compras de combustibles derivados del petróleo | 0 | 0% | 0,10% |
Enajenación de activos fijos de personas naturales (notarías y tránsito son agentes retenedores) | o | 0% | 1% |
Compras de vehículos | 0 | 0% | 1% |
Compras de bienes raíces cuya destinación y uso sea vivienda de habitación (por las primeras 20.000 UVT, es decir, hasta $726.160.000) | 0 | 0% | 1% |
Compras de bienes raíces cuya destinación y uso sea vivienda de habitación (exceso de las primeras 20.000 UVT, es decir, superior a $726.160,000) | 20.000 | $941.300.000 | 2,50% |
Compras de bienes raíces cuya destinación y uso sea distinto a vivienda de habitación | 0 | 0% | 2,50% |
Servicios generales (declarantes) | 4 | $188.000 | 4% |
Servicios generales (no declarantes) | 4 | $188.000 | 6% |
Por emolumentos eclesiásticos (declarantes) | 27 | $1.271.000 | 4% |
Por emolumentos eclesiásticos (no declarantes) | 27 | $1.271.000 | 3,50% |
Servicios de transporte de carga | 4 | $188.000 | 1% |
Servicios de transporte nacional de pasajeros por vía terrestre (declarantes) | 27 | $1.271.000 | 3,50% |
Servicios de transporte nacional de pasajeros por vía terrestre (no declarantes) | 27 | $1.271.000 | 3,50% |
Servicios de transporte nacional de pasajeros por vía aérea o marítima | 4 | $188.000 | 1% |
Servicios prestados por empresas de servicios temporales (sobre AIU) | 4 | $188.000 | 1% |
Servicios prestados por empresas de vigilancia y aseo (sobre AIU) | 4 | $188.000 | 2% |
Servicios integrales de salud prestados por IPS | 4 | $188.000 | 2% |
Servicios de hoteles y restaurantes (declarantes) | 4 | $188.000 | 3,50% |
Servicios de hoteles y restaurantes (no declarantes) | 4 | $188.000 | 3,50% |
Arrendamiento de bienes muebles | 0 | 0% | 4% |
Arrendamiento de bienes inmuebles (declarantes) | 27 | $1.271.000 | 3,50% |
Arrendamiento de bienes inmuebles (no declarantes) | 27 | $1.271.000 | 3,50% |
Otros ingresos tributarios (declarantes) | 27 | $1.271.000 | 2,50% |
Otros ingresos tributarios (no declarantes) | 27 | $1.271.000 | 3,50% |
Honorarios y comisiones (personas jurídicas) | 0 | 0% | 11% |
Honorarios y comisiones pagados a personas naturales que suscriban contratos por más de 3.300 UVT o que la sumatoria de los pagos o abonos en cuenta durante el año gravable superen 3.300 UVT ($119.816.000) | 0 | 0% | 11% |
Honorarios y comisiones (no declarantes) | 0 | 0% | 10% |
Servicios de licenciamiento o derecho de uso de software | 0 | 0% | 3,50% |
Intereses o rendimientos financieros | 0 | 0% | 7% |
Rendimientos financieros provenientes de títulos de renta fija | 0 | 0% | 4% |
Loterías, rifas, apuestas y similares | 48 | $2.259.000 | 20% |
Retención en colocación independiente de juegos de suerte y azar | 5 | $235.000 | 3% |
Contratos de construcción y urbanización | 27 | $1.271.000 | 2% |
Retención en la fuente por IVA en servicios | 4 | $188.000 | 15% |
Retención en la fuente por IVA en compras | 27 | $1.271.000 | 15% |
RETENCIÓN POR PAGOS AL EXTERIOR | Base mínima en UVT | Base mínima en pesos | Tarifa de retención |
---|---|---|---|
Pagos o abonos en cuenta por concepto de intereses, comisiones, honorarios, regalías, arrendamientos, compensaciones por servicios personales, o explotación de toda especie de propiedad industrial o del know-how, prestación de servicios, beneficios o regalías provenientes de la propiedad literaria, artística y científica, explotación de películas cinematográficas y explotación de software | 0 | 0% | 20% |
Pagos o abonos en cuenta por concepto de consultorías, servicios técnicos y de asistencia técnica, prestados por personas no residentes o no domiciliadas en Colombia | 0 | 0% | 20% |
Pagos o abonos en cuenta por concepto de rendimientos financieros, realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el país, originados en créditos obtenidos en el exterior por término igual o superior a un (1) año o por concepto de intereses o costos financieros del canon de arrendamiento originados en contratos de leasing que se celebre directamente o a través de compañías de leasing con empresas extranjeras sin domicilio en Colombia | 0 | 0% | 15% |
Pagos o abonos en cuenta, originados en contratos de leasing sobre naves, helicópteros y/o aerodinos, así como sus partes que se celebren directamente o a través de compañías de leasing, con empresas extranjeras sin domicilio en Colombia | 0 | 0% | 1% |
Pagos o abonos en cuenta por concepto de rendimientos financieros o intereses, realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el país, originados en créditos o valores de contenido crediticio, por término igual o superior a ocho (8) años, destinados a la financiación de proyectos de infraestructura bajo el esquema de Asociaciones Público-Privadas en el marco de la Ley 1508 de 2012 | 0 | 0% | 5% |
Pagos o abonos en cuenta por concepto de prima cedida por reaseguros realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el país | 0 | 0% | 1% |
Pagos o abono en cuenta por concepto de administración o dirección de que trata el artículo 124 del Estatuto Tributario, realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el país | 0 | 0% | 33% |
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