
La correcta aplicación de las NIIF es clave para lograr una contabilidad transparente y estratégica para tus clientes. En este artículo encontrarás cómo implementarlas adecuadamente en las empresas, cuál es su fundamento legal y qué aspectos debes revisar para tener todo bajo control, facilitando así un proceso contable más claro, organizado y eficiente.
Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) existen desde 2001 y gradualmente se fueron implementando en el mundo; sin embargo, fue hasta 2009 cuando Colombia legalizó su uso y estableció la obligatoriedad de aplicarlas para todas las empresas del territorio nacional. Aunque algunas grandes compañías ya venían explorando estas normas, en nuestro país la adopción de este tipo de reglamentación debe ser sancionada por el Congreso de la República, lo cual ocurrió mediante la Ley 1314 de 2009.
Desde enero de 2016, la implementación de las NIIF en Colombia es obligatoria para todas las empresas. No obstante, existe una clasificación especial de las organizaciones que determina la forma en que deben aplicarlas —de manera plena o parcial—, teniendo en cuenta su capacidad y características particulares.
Esta categorización se definió considerando el tamaño de las empresas, el número de trabajadores en nómina, el valor de sus activos, si realizan importaciones o exportaciones, si están asociadas con empresas extranjeras, si cotizan en bolsa y si son entidades de interés público.
Existen tres grupos NIIF en Colombia; identificar correctamente en cuál se clasifican tus clientes es fundamental para determinar el estándar contable aplicable y asegurar el cumplimiento riguroso de sus obligaciones financieras.
Las empresas más grandes del país, cuya principal característica es que son emisoras de valores, es decir, que cotizan en la bolsa. Además, a este grupo también pertenecen las entidades de interés público que, con previa autorización del Estado, captan, manejan o administran los recursos públicos.
Las empresas del Grupo 1 deben tener activos totales iguales o superiores a los 30000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).
También pertenecen a este grupo las empresas que tienen más de 200 trabajadores y son subordinadas de una compañía extranjera o matriz de una nacional, que aplica las NIIF.
Compañías que hacen pagos en el exterior a razón de importaciones, o que tienen ingresos del exterior a causa de exportaciones, deben implementar las NIIF plenas, siempre y cuando estos valores representen más del 50% de sus compras.
En esta categoría están las pymes que tienen activos totales entre los 500 y los 30000 SMMLV, o que tienen una nómina entre 11 y 200 trabajadores. Estas empresas no cotizan en la bolsa de valores ni deben ser entidades de interés público.
Empresas que tienen activos totales de 500 SMMLV, excluyendo la vivienda, que tienen una nómina de máximo 10 trabajadores y cuyos ingresos brutos anuales son iguales o superiores a los 6000 SMMLV.
Cabe aclarar que si una empresa tiene una planta de personal como la indicada, pero los activos totales son diferentes a los anteriormente descritos para este grupo, la característica que determina su pertenencia es la del valor de los activos.
Personas naturales o jurídicas que cumplen con los topes de ingresos brutos anuales (hasta 3.500 SMMLV), no tienen las características de una entidad de interés público ni obligaciones especiales como emisores de valores o usuarios aduaneros. Además, cuentan con un máximo de 10 trabajadores en su plantilla, entre otros criterios establecidos en la regulación.
Microempresas que tienen activos totales de 500 SMMLV, sin contar la vivienda, que cuentan con una planta de trabajadores de máximo 10 personas y que, al mismo tiempo, no cumplen con los requerimientos para pertenecer al grupo dos.
Son aquellas que presentan de manera legítima y comprensible el estado financiero de la empresa, su rendimiento y posibles cambios de una empresa a gran escala, permitiendo la toma de decisiones económicas.
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En Colombia, la Ley 1314 de 2009 marcó el inicio de la implementación de las NIIF, estableciendo principios y normas para la contabilidad, la información financiera y el aseguramiento de la información.

Después, se emitieron decretos específicos que regulaban su aplicación según el tipo de grupo empresarial:
Sin embargo, estos decretos fueron más tarde agrupados en el Decreto Único Reglamentario (DUR) 2420 de 2015. Este marco consolidado es el que se aplica actualmente y ha sido modificado por disposiciones posteriores, como los decretos 2496 de 2015, 2131 de 2016 y 2483 de 2018, además de las actualizaciones técnicas continuas emitidas por el CTCP.
Ahora que conoces las diferencias entre los grupos y el marco legal que rige la implementación de las NIIF, es momento de analizar los pasos fundamentales para llevarla a cabo con éxito:
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Escrito por Adriana Carolina Leal
Soy Periodista de la Universidad del Rosario. Tengo experiencia en redacción para medios impresos, digitales y televisivos. Me apasiona el tango, la investigación y la realización audiovisual. Soy una Blogger dedicada a mejorar la vida de contadores, empresarios y estudiantes, escribiendo sobre los temas más actuales que les pueden interesar.
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