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Todos soñamos con un descanso, ya sea en la playa, explorando Europa, acampando en la montaña o escalando un nevado. Las vacaciones son un derecho fundamental que permite a los trabajadores hacer una pausa, recargar energías y disfrutar de su tiempo libre.
Sin embargo, por diversas razones —personales o laborales— no siempre es posible tomarlas en el momento ideal. Para estos casos, existe la opción de las vacaciones compensadas. En este artículo, te contaremos todo lo que necesitas saber al respecto.
Son una alternativa voluntaria y excepcional a las vacaciones remuneradas. Se dan cuando un empleado, en lugar de disfrutar sus días de descanso, recibe una compensación económica equivalente al salario que le correspondería por esos días.
Esta opción solo es válida cuando el trabajador ya ha cumplido un año de servicio que le da derecho a las vacaciones, o si no las ha tomado en el año siguiente a su causación. Es crucial entender que solo se pueden compensar las vacaciones que ya fueron causadas y no disfrutadas.
En Colombia, el pago de las vacaciones compensadas en dinero es una situación excepcional y no la regla general, pues la finalidad principal de las vacaciones es el descanso y la recuperación del trabajador. Sin embargo, la legislación colombiana (principalmente el Código Sustantivo del Trabajo) contempla dos escenarios específicos para que esto ocurra: cuando el contrato de trabajo se termina sin que el trabajador haya disfrutado de sus vacaciones o si existe un acuerdo escrito entre el empleador y el trabajador.
Por un lado, las vacaciones remuneradas son aquellas que el trabajador disfruta efectivamente y que se pagan con el salario ordinario más un recargo del 25 %. Es decir, el trabajador recibe el equivalente a 1,25 salarios por cada mes de vacaciones.
Mientras que las vacaciones compensadas son aquellas que el empleado no disfruta y se pagan con el salario ordinario sin ningún recargo. En otras palabras, el trabajador recibe el equivalente a 1 salario por cada mes de vacaciones.
La diferencia entre ambas opciones es que las vacaciones remuneradas tienen un incentivo económico para que el trabajador prefiera descansar, mientras que las vacaciones compensadas no lo tienen. Además, las vacaciones remuneradas tienen un beneficio para la salud y el bienestar del trabajador, mientras que las vacaciones compensadas pueden generar estrés y agotamiento.
Parahacer la liquidación, se debe tener en cuenta el salario que devenga el trabajador al momento del acuerdo y el número de días de vacaciones que se van a compensar.
La fórmula para calcular el valor de las vacaciones compensadas es la siguiente:
Vacaciones compensadas = salario mensual × días de vacaciones
Si un trabajador devenga un salario mensual de $3.000.000 y acuerda con su empleador compensar 15 días de vacaciones, el valor de las vacaciones compensadas será:
Vacaciones compensadas = 3.000.000 × 15 = 1.500.000
Es importante recordar que las vacaciones compensadas se deben pagar en la fecha acordada entre el trabajador y el empleador y que se deben incluir en la liquidación final del contrato de trabajo, si este termina antes de que se cumpla el plazo para disfrutar de las vacaciones.
Para calcular correctamente esta alternativa, es fundamental considerar dos aspectos clave. Primero, el salario base mensual vigente del trabajador. Segundo, el número exacto de días de vacaciones a compensar. Es crucial recordar que, para que un trabajador pueda optar por esta modalidad, debe haber cumplido al menos un año de servicio continuo en la empresa, ya que solo se compensan las vacaciones legalmente causadas.
Las vacaciones compensadas están reguladas por el artículo 189 del Código Sustantivo del Trabajo, donde se establece que:
El trabajador y el empleador podrán convenir que las vacaciones se compensen en dinero, siempre y cuando el colaborador haya cumplido el año de servicios que da derecho a las vacaciones y no las haya disfrutado dentro del año siguiente.
Además, el artículo 190 del mismo código dispone que el valor de la compensación de las vacaciones será el que corresponda al salario que esté devengando el trabajador en el momento de la compensación.
Esto significa que las vacaciones compensadas se deben pagar con el salario vigente al momento del acuerdo, y no con el salario que se devengaba al momento de causarse las vacaciones.
Asimismo, el artículo 192 del código señala que las vacaciones no interrumpen el tiempo de servicios para ningún efecto legal. Lo implica que las vacaciones compensadas no afectan el cálculo de la antigüedad, la prima de servicios, las cesantías, la indemnización o la pensión del colaborador.
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Aunque no son la opción más recomendable para los trabajadores, pueden tener algunos beneficios para las empresas, siempre que se respeten los derechos y las condiciones de los empleados. Algunos de estos beneficios son:
Esta opción supone un ahorro para las empresas, ya que no tienen que pagar el recargo del 25% que se aplica a las vacaciones remuneradas. Además, las empresas se ahorran los gastos de reemplazo, capacitación o contratación de personal temporal para cubrir las ausencias de los trabajadores que se van de vacaciones.
Las vacaciones compensadas pueden mejorar la productividad de las empresas, ya que evitan las interrupciones, los retrasos o los errores que se pueden generar por el cambio de personal o la adaptación de los nuevos empleados. Así, las empresas pueden mantener el ritmo y la calidad de su trabajo, sin perder clientes ni oportunidades de negocio.
Este tipo de descanso compensado puede aumentar la satisfacción de los empleados, siempre que se de por voluntad propia y no por imposición o presión del empleador. Algunos trabajadores pueden preferir recibir un ingreso extra que les permita cumplir con sus metas, proyectos o necesidades personales, que tomarse unos días de descanso. En estos casos, las vacaciones compensadas pueden ser una forma de reconocer y recompensar el esfuerzo y la dedicación de los empleados.
En conclusión, las vacaciones compensadas son una opción que tienen los trabajadores y los empleadores para acordar que el primero no disfrutará de los días de descanso a los que tiene derecho, sino que recibirá una compensación económica equivalente al salario que le correspondería por esos días.
Por lo tanto, se recomienda que las vacaciones compensadas se usen con moderación y criterio, y que se priorice el descanso y la recuperación de los trabajadores, que son el activo más valioso de cualquier organización.
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